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Asociación Gastronómica
GASTRONOMÍA JAÉN
ESTATUTOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Denominación y naturaleza
Con la denominación ASOCIACIÓN GASTRONÓMICA GASTRONOMÍA JAÉN se constituye
una asociación, sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley 4/2006, de 23 de junio, de
Asociaciones de Andalucía, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo y demás disposiciones
vigentes complementarias.
Artículo 2. Duración
La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 3. Régimen jurídico
La Asociación se regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos y por los acuerdos que,
dentro de los límites de sus respectivas competencias, adopten la Asamblea General y la Junta
Directiva, rigiéndose, en todo caso, por los principios democráticos que inspiran la vigente
legislación.
Artículo 4. Nacionalidad y domicilio
La asociación que se crea tiene nacionalidad española. El domicilio social de la asociación se
establece en la calle FUENTE DEL ALAMILLO, núm. 16, de JAÉN. El cambio de domicilio
requerirá el acuerdo de la Asamblea General, convocada al efecto, y la modificación de los
presentes Estatutos, debiéndose comunicar dicho acuerdo al Registro de Asociaciones en el
plazo de un mes.
Artículo 5. Fines
Los fines de esta Asociación serán los siguientes:
- El fomento de la cultura gastronómica jienense, en su más amplio sentido, como
manifestación esencial de la cultura autóctona de nuestra provincia.
- Promover una dieta saludable con nuestros productos autóctonos. Entre ellos destacando
nuestro maravilloso aceite de oliva virgen extra.
- Cuidar y recuperar antiguas recetas, así como colaborar en nuevas técnicas culinarias,
desarrollando una labor gastronómica de apoyo a nuestro turismo.
