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b) Participar en las actividades de la Asociación.
c) Ser informados acerca de la composición de la Asociación, sus miembros, de su estado de
cuentas y del desarrollo de su actividad.
d) Expresar libremente sus opiniones y formular propuestas y peticiones a los órganos sociales,
dentro del ámbito de la Asociación y de acuerdo con las normas estatutarias.
e) Impugnar los acuerdos de los órganos de gobierno de la Asociación que estime contrarios a
la Ley o a lo Estatutos.

Artículo 10. Obligaciones
Son deberes de los asociados:
a) Asistir a las Asambleas Generales y a los actos que organice la Asociación en que se
requieran su presencia.
b) Satisfacer las aportaciones que se acuerden para el mantenimiento de la Asociación y
desarrollo de sus actividades.
c) Acatar los presentes estatutos y los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de
gobierno de la Asociación.
d) Participar en la elección de sus representantes y dirigentes.
e) Atender las peticiones de los órganos sociales para el mejor cumplimiento de sus fines y
facilitar los datos que se les soliciten, siempre que los mismos no tengan naturaleza reservada.
f) No realizar o intervenir en actos o actuaciones contrarias al espíritu, objeto y/o, fines de la
asociación o a los acuerdos de sus órganos de gobierno.

CAPITULO III. REGIMEN DISCIPLINARIO.
Artículo 11. Faltas
Se considerará faltas las siguientes:
a) Las conductas incorrectas o atentatorias contra el prestigio de la Asociación, cualquiera de
sus asociados o de los miembros de sus órganos de gobierno.
b) El incumplimiento grave de los presentes estatutos y/o acuerdos adoptados por los órganos
de gobierno, que obstaculicen el normal desarrollo y funcionamiento de los fines de la
Asociación.
c) No desempeñar fielmente el cargo para el que sea designado en los órganos sociales.

Artículo 12. Sanciones
En razón de la infracción cometida se podrán imponer las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento privado.
b) Suspensión de los derechos de asociado por un plazo de hasta doce meses.
c) Separación del cargo para el que haya sido designado.
d) Pérdida de la condición de asociado.