ORD. DE PROTECCIÓN CILVIL.pdf


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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN
DIEGO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
LEGALES
SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA DE REFORMA A LA
ORDENANZA SOBRE PROTECCIÓN
CIVIL Y ADMINISTRACION DE
DESASTRES
DEL MUNICIPIO SAN DIEGO
ESTADO CARABOBO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ante la necesidad de desarrollar, fortalecer y
consolidar los procesos medulares de la
Gestión del Riesgo, mediante la planificación
y ejecución de medidas y acciones de
intervención dirigidas a reducir las
condiciones de riesgo a través de la
prevención, se considera oportuno efectuar la
presente reforma de la Ordenanzas sobre
Protección
rotección Civil y Administ
Administración de
Desastres del Municipio San Diego, dictada en
el año dos mil cuatro, para ajustar su
normativa a la legislación vigente.
Así se debe reformar la conceptualización de
estado de emergencia, así como de estado de
alarma,
que
constituyen
declaratori
declaratorias
oficiales, emitidas por el Presidente de la
República, en Consejo de Ministros, conforme
a lo previsto en la Ley Orgánica sobre Estados
de Excepción, lo que no constituye una
competencia de la primera autoridad
municipal, como está previsto en la actual
Ordenanza sobre Protección Civil y

Administración de Desastres del Municipio San
Diego.
Igualmente, se debe ajustar la conformación del
Comité Coordinador Municipal de Protección
Civil y Administración de Desastres, a la vigente
organización de la administración
admi
pública
municipal, así se elimina la Oficina de
Coordinación Municipal de Protección Civil y
Administración de Desastres y se incorpora la
Dirección de Participación Ciudadana y
Desarrollo Social, la Dirección del Sistema de
Protección Integral de Niños, Niñas y
Adolescentes, la Dirección de Relaciones
Institucionales, la Dirección de Educación y
Cultura, la Dirección de Infraestructura y la
Dirección de Desarrollo Urbano y Catastro;
igualmente, se hace mención como parte
integrante del Comité Coordinador Municipal de
Protección Civil y Administración de Desastres a
los Presidentes de: el Instituto Autónomo de
Función, Mantenimiento y Conservación Urbana
y Ambiental del Municipio San Diego (I.A.M.
(I.A.M
FUMCOSANDI),
el
Instituto
Autónomo
Municipal Policía de San Diego (IAMPOSAD),
de Vialidad de San Diego Instituto Autónomo
(VIALSANDI I.A.M), de la Fundación Salud Para
Todos San Diego y de la Fundación Cuerpo de
Bomberos y de Administración de Emergencias
Emergencia
de Carácter Civil del Municipio San Diego; un
representante
sentante del Concejo Municipal, un
representante de los consejeros electos por los
sectores participativos conforme a lo previsto en
la Ordenanza del Consejo Local de Planificación
Pública del Municipio San Diego y un
representante por las Organizaciones No
Gubernamentales de Protección Civil que actúan
en el Municipio.
ARTÍCULO 1.- Se modifica el artículo 4 de la
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