Constitución de la Restauración.pdf

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3.
El Tribunal Foral de Sia tendrá jurisdicción en cuanto a materia de Leyes
supremas o leyes orgánicas se tratare, siempre y cuando éstas no aprobaren Fueros.
4.
El Presidente del Tribunal Foral de Sia será elegido en el seno de éste de entre
los miembros elegidos por el Parlamento.
5. Además, en el Tribunal Foral de Sia podrán ser delegadas las competencias
judiciales por parte del Parlamento.
Artículo 42. Definición de Contrafuero.
Es contrafuero todo acto legislativo o disposición general que vulnere la Constitución,
las leyes supremas o los Fueros.
Artículo 43. Legitimidad de presentación del Recurso.
Están legitimados para presentar el recurso de contrafuero:
a.
El Administrador General
b.
El Consell General
c.
Tres diputados del Parlamento.
Artículo 44. Jurisdicción del Tribunal.
Las sentencias del Tribunal Foral se publicarán en el Boletín Oficial de Sia y tendrán
jurisdicción en Sia, pleno valor jurídico y del mismo rango que la ley juzgada.
TÍTULO VIII
Del Consejo Foral de Sia
Artículo 45. El Consejo Foral de Sia.
El Consejo Foral de Sia es el máximo órgano consultivo del Consell General.
Artículo 46. Funcionamiento, Organización y Composición.
Una ley suprema regulará el funcionamiento, organización y composición del Consejo
Foral de Sia.
Artículo 47. Presidencia del Consejo Foral.
La Presidencia del Consejo Foral de Sia es competencia del Administrador General.
TÍTULO IX
De la Administración de Sia
Artículo 48. Definición de la Administración
1. Los funcionarios de la administración pública son las personas incorporadas a la
misma por una relación de servicios profesionales y por mérito propio, regulado por
el Derecho del Grupo.
