Las quintas militares en España y Navarra.pdf

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En 1912, el gobierno presidido por el liberal José Canalejas plantea un cambio profundo en el
sistema de reclutamiento de las quintas. Con el nuevo sistema, se obliga a la realización del
servicio personal, suprimiendo la redención en dinero y la sustitución. Como se puede
comprobar, tiene un amplio eco en Navarra, tanto la redención como la sustitución que han sido
prácticas habituales en ella, quedando excluidas como alternativas a la quinta.
Por esa ley de 1912, se introduce la figura del “mozo de cuota”, permaneciendo vigente hasta
1936, que en la práctica viene a sustituir a los antiguos redimidos y sustituidos. El “mozo de
cuota” se redime en tiempo de paz de forma parcial, a cambio de 1.000 pesetas haciendo un
servicio militar de diez meses. Si éste paga 2.000 pesetas, se reduce su permanencia a cinco
meses.
La Diputación muestra su oposición a esta ley de 1912, considera que atenta a la ley de
Modificación de Fueros de 1841. El doce de octubre de 1912, el gobierno publica una real
Orden permitiendo a Navarra cubrir todo o parte de cu cupo con individuos del cupo de
instrucción, que voluntariamente se presten a realizarlo. Esta modificación supone reconocer a
Navarra su peculiaridad histórica. A partir de 1940, se establece por ley la obligatoriedad del
servicio militar sin privilegios especiales, que ha durado su aplicación hasta recientemente, con
la desaparición de la obligatoriedad y la creación del ejército profesional.
[1] Fuero Antiguo de Navarra escrito según unos hacia 1238 y otros a mediados del siglo XII,
Por él se regirán los navarros respecto al servicio militar hasta que se produzca la ley de
Modificación de Fueros, de 16 de agosto de 1841.
[2] Revista jurídica de Navarra nº 8, Gobierno de Navarra. 1986. Carlos Burguete y Ferrer M.A.
[3] A.G.N Libro de Actas de la Diputación, de uno de abril de 1840.
