Las quintas militares en España y Navarra.pdf


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A pesar de lo anteriormente expuesto, en 1846, mediante Real Ordenanza se dispuso el
reclutamiento de 25.000 hombres para el ejército, de los que quinientos corresponden a Navarra.
Esta quinta afecta a los mozos comprendidos entre los 18 y 40 años, que por su situación
familiar o por el trabajo desempeñado no están exentos. Se da la posibilidad a Navarra de
emplear la sustitución como forma de alistamiento.
Son las autoridades municipales las que realizan el reclutamiento y el sorteo correspondiente,
detectándose en las mismas irregularidades. Este llamamiento a quintas es especialmente duro,
pues supone la obligación de cumplir cuatro o cinco años de servicio en condiciones de vida
muy malas. Este reclutamiento provoca una fuerte oposición social.
El 3 de noviembre de 1770, Carlos III implanta en todo el Estado de forma obligatoria el sistema
anual de quintas; al final del Documento Real se expresa una relación de dominios en los que se
aplica la norma y en ella no aparecen ni el País Vasco ni Navarra.
Sin embargo, a finales de noviembre de 1770, se pide a Navarra una quinta de 340 hombres. La
Diputación argumento que no ha entrado en el territorio hueste enemiga, ni estar sitiado castillo
o villa. La quinta no es entregada por Navarra.
En mayo de 1772, una Real Cédula ordena que en todo el reino de Navarra sean observadas las
ordenanzas de reemplazos de 1770. El Consejo Real de Navarra acepta la Real Cédula, sin
embargo la Diputación se mantiene firme en los derechos forales de Navarra, esto provoca el
debate en el Supremo Consejo de Castilla, donde se plantea el fondo del problema: manda el
Rey o manda la ley. Dicho en términos actuales, la soberanía radica en el poder del Estado
central o en los territorios forales. En su conclusión “ninguna ley de este Reyno prohíbe ni
puede prohibir a su Soberano el alistamiento de gente de guerra”. Legalmente Navarra queda
sujeta a la normativa española del servicio militar.