Protocolo AADM URMA (1).pdf

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Protocolo para la prevención y tratamiento de las conductas de acoso sexual, abuso sexual,
discriminación y maltrato dentro del recinto deportivo
En virtud de lo dispuesto por el Ministerio del Deporte del Gobierno de Chile y según el Decreto Nº0022,
con fecha 21 de julio de 2020, aprueba el Protocolo General para la Prevención y Sanción de las
Conductas de Acoso Sexual, Discriminación y Maltrato en la Actividad Deportiva y con fecha del 17 de
junio del 2021, la Resolución Exenta Nº01182/2021 que Aprueba Política Institucional Tipo contra las
conductas de abuso sexual, acoso sexual, discriminación y maltrato, de la República de Chile.
El Protocolo busca regular todo procedimiento, desde la recepción de denuncias, hasta la derivación de
las mismas a quien corresponda según el tipo de hecho del que se trate la denuncia, como también de los
deseos de quien la realiza. Asimismo, este Protocolo no reemplaza la responsabilidad de tomar acciones
preventivas para evitar conducta vulneratoria que se pudiera originar dentro de la institución, sino
únicamente regular los pasos a seguir en aquellos casos en que se realice una denuncia o reclamo al
respecto. De la misma forma, destacar que este Protocolo no busca regular casos de explotación sexual.
Para la implementación efectiva de este Protocolo, se reconoce la importancia de adoptar un enfoque
social para las distintas escalas de comprensión de los usuarios de nuestro Club, de la misma forma se
generará un Plan para garantizar que el presente Protocolo sea accesible para todos los usuarios.
Asimismo, este protocolo deberá estar disponible y se deberá informar de su existencia y contenidos
claves a todos los usuarios directos e indirectos (jugadores, apoderados, entrenadores, trabajadores) o a
quien corresponda garantizando que la comunidad esté en completo conocimiento de este documento.
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