ORD. DE TRANSPARECIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.pdf

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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
2.-La base legal que la rige, las regulaciones y
procedimientos internos aplicables al Ente u
Órgano, sus proyectos de normatividad que
estén en proceso de expedición, sus metas y
objetivos de conformidad con sus programas
operativos y el grado de cumplimiento de estas
metas y objetivos.
3.-En forma sencilla y accesible, los servicios
que ofrece y las formas de acceder a ellos,
horarios de atención, sus procedimientos y
trámites, incluyendo aquellos para formular
quejas, consultas o reclamos sobre la
prestación del servicio o sobre el ejercicio de
las funciones o competencias a cargo de la
persona de que se trate, y demás indicaciones
necesarias para que todas las personas puedan
ejercer sus derechos y cumplir sus
obligaciones.
4.-Toda decisión pública que adopten los
Entes y Órganos sujetos a esta Ordenanza.
5.-Planes y programas en ejecución y futuros.
6.-Información sobre el presupuesto anual que
administra el Ente u Órgano, así como el
presupuesto proyectado para el siguiente
ejercicio fiscal, la ejecución del presupuesto
anual, con los señalamientos de los
destinatarios de la entrega de recursos públicos
y del objeto y uso que hayan dado y hecho de
los mismos.
7.-Los formularios o formatos de solicitudes
que se requieran para los trámites inherentes a
su campo de acción y los procedimientos para
presentar quejas sobre violaciones del derecho
de acceso a la información pública, en forma
sencilla y accesible.
8.-Mecanismos de rendición de cuentas, tales
como metas e informes de gestión e
indicadores de desempeño.
9.-Mecanismos de interacción y participación
de todas las personas en la gestión del Ente u
Órgano.
10.-El nombre, dirección, número de teléfono
y dirección electrónica del Ente u Órgano para
tramitar y responder las solicitudes de acceso a
la información.
Sugerencias y Reclamos
ARTÍCULO 13.- Cuando las personas que
accedan al portal web oficial, no estén conformes
con la información proporcionada, pueden
presentar propuestas y formular opiniones ante el
titular del Ente u Órgano del que se trate.
Amenazas Inminentes a la Salud Pública o al
Medio Ambiente
ARTÍCULO 14.- Cuando un Ente u Órgano sujeto
a esta Ordenanza, reciba cualquier información
sobre una amenaza inminente a la salud pública o
al
medio
ambiente,
deberá
publicarla
inmediatamente y sin retraso a través de su portal
de información, así como en todos los otros medios
necesarios para notificar a todas las personas que
pudieran ser afectadas por la amenaza.
Integración de las Personas
ARTÍCULO 15.- La información pública debe
presentarse en forma comprensible tomando en
cuenta niveles de educación, condiciones de
discapacidad e interculturalidad.
En este caso los Entes u Órganos tomarán
progresivamente las medidas necesarias para
facilitar el acceso a la información pública.
Fomento del Acceso a la Información
ARTÍCULO 16.- Los Entes u Órganos sujetos a
esta Ordenanza implementarán, según sus
competencias y posibilidades presupuestarias,
programas de difusión y capacitación dirigidos
tanto a los servidores públicos como a las
organizaciones de la sociedad civil, con el objeto
de garantizar una mayor y mejor participación de
todas las personas en la vida del Municipio.
CAPÍTULO V
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Solicitud de Información
ARTÍCULO 17.-Toda persona natural o jurídica,
individual o colectivamente, tiene derecho a
solicitar y recibir información pública, conforme a
las disposiciones de esta Ordenanza y del
Ordenamiento Jurídico.
Requisitos de la Solicitud
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