ORD. DE CONSTRUCCION.pdf

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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
características de las vías secundarias
propuestas y demás especificaciones
técnicas. Los planos deben estar
debidamente firmados por el (los)
propietario (s) y por el arquitecto
responsable de las normas técnicas
aplicables al Ante-Proyecto con su
respectivo sello.
Anteproyecto de edificación
ARTÍCULO 16.- La presentación de la
propuesta de anteproyecto de edificación se
acompañara adicionalmente por los siguientes
recaudos técnicos:
1. Memoria descriptiva de anteproyecto de
edificación
indicando
ubicación
geográfica, titularidad del terreno,
superficie,
linderos
particulares,
topografía, vegetación,
vialidad y
acceso (s), sección vial correspondiente,
descripción de la propuesta, haciendo
referencia a la variables urbanas
fundamentales para edificación descritas
en el articulo 4 literal a) de esta
Ordenanza, área de construcción bruta,
áreas computables y no computables de
cada nivel, prever la posibilidad de
crecimiento progresivo de la edificación
(ampliación) con sus restricciones
volumétricas de acuerdo a la propuesta
edificatoria, puestos de estacionamientos,
y demás consideraciones previstas para el
lote o parcela en la Ordenanza de
Zonificación del Plan de Desarrollo
Urbano Local del Municipio San Diego,
así como cualquier otro aspecto que el
proyectista considere necesario para la
comprensión de la propuesta. La memoria
descriptiva debe estar debidamente
firmada por el (los) propietario (s) y el
Arquitecto responsable con su respectivo
sello.
2. Planos de arquitectura del anteproyecto de
edificación a escala, debiendo indicar en
las plantas, los retiros con respecto a los
linderos de la parcela, afectación y sección
de la vialidad de acceso, áreas de servicios,
niveles, dimensión, uso o destino de cada
espacio, proyección de plantas, ejes de la
estructura, fachadas y cortes con
indicación de altura y número de niveles o
plantas, plano de estacionamiento con
indicación de las dimensiones de los
puestos para estacionar, su espacio de
maniobra, cantidad de acuerdo al uso o
actividades a desarrollarse, numeración y
requerimiento espacial para personas con
discapacidad si el caso aplica. Los planos
deben estar debidamente firmados por el
(los) propietario (s) y por el Arquitecto
responsable de las normas técnicas
aplicables al Ante-Proyecto con su
respectivo sello.
Estudio de impacto vial
ARTÍCULO 17.- La Dirección de Desarrollo
Urbano y Catastro de la Alcaldía del
Municipio San Diego, podrá solicitar estudio
de impacto vial, para aquellos desarrollos que
contemplen actividades capaces de generar los
viajes vehiculares que afecten la capacidad de
diseño y funcionamiento de las vías contiguas
tales como comercio intermedio y general,
hoteles, edificaciones educacionales, socio–
culturales,
recreacionales,
deportivas,
asistenciales, desarrollos residenciales y
en los casos especiales.
Recaudos adicionales
ARTÍCULO 18.- De acuerdo a la propuesta
de anteproyecto de urbanismo o edificación
presentada, la Dirección de Desarrollo Urbano
y Catastro podrá solicitar cualquier otro
recaudo que se considere necesario mientras
el expediente se encuentre en el proceso de
revisión.
Casos especiales
ARTÍCULO 19.- En el caso de anteproyectos
solicitados bajo estudio de casos especiales,
que por su magnitud o características físico
ambientales no se ajuste dentro de alguna de
las zonas reglamentadas por la Ordenanza de
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