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otro

sistema

o

modalidad

de

el original del deposito, a los fines de

inhumación permitido por la Ley.
Las

ARTÍCULO 36.cesionarias

de

personas

parcelas

en

el Administrador del cementerio, con

uso

la expedición del respectivo contrato
de

uso.

El

Administrador

del

perpetuo, conservarán la propiedad

cementerio remitirá el expediente a la

de todo lo construido sobre las

Alcaldía

mismas.

contrato, debidamente firmados por el
cesionario,

CAPÍTULO V
DEL USO DEL CEMENTERIO

los Cementerios podrán cederse en
uso

perpetuo

personas

o

que

temporal.
deseen

Las

obtener

parcelas en uso perpetuo o temporal,
deberán dirigir una solicitud escrita al
Administrador del Cementerio,

en

formulario que se le suministrará en
las

oficinas

cesiones

del

a

título

mismo.

Estas

general

deben

sancionarse con el voto aprobatorio
del Concejo Municipal.
ARTÍCULO 38.solicitud,

el

Presentada

la

Administrador

del

Cementerio

abrirá

el

expediente

y

asignación

provisional

respectivo

procederá

a

los

a

ejemplares

los

fines

de

del
su

otorgamiento por parte del Alcalde.

Las parcelas de

ARTÍCULO 37.-

con

la

respectiva,

debiendo notificar al interesado, a los
fines del pago del monto de los
derechos fiscales, ante la oficina
receptora de fondos Municipales que
le indique. El cesionario ocurrirá ante

Una vez firmados los contratos, el
Alcalde

los

remitirá

a

la

administración de cada cementerio.
El

Administrador

pondrá,

a

la

disposición del cesionario, el original
del contrato respectivo.
El lapso para el cumplimiento del
procedimiento de adjudicación no
podrá ser superior a cinco (05) días
hábiles, contados a partir de la fecha
de la entrega del recibo de pago
indicado en este artículo.
ARTICULO 39.- Cuando por razones
de índole familiar se requiera la
integración de dos o más parcelas,
los

interesados

deberán

cumplir

previamente con lo establecido en los
Reglamentos sobre Construcciones
en los cementerios.
Las iglesias y asociaciones religiosas,
así

como

instituciones

militares,

podrán adquirir parcelas integradas