ORD. CEMENTERIO.pdf


Vista previa del archivo PDF ord-cementerio.pdf


Página 1...12 13 14

Vista previa de texto


15

con anterioridad a la entrada en
vigencia

de

esta

Ordenanza,

quedarán sujetas a las regulaciones
en

ella

establecidas

reglamentos,
derechos

y

dejándose
de

en
a

sus
salvo

propiedades

o

concesiones adquiridas legítimamente,
conforme al ordenamiento que ha

ABOG. RONALD LUGO

venido rigiendo la materia en el

Secretario del Concejo Municipal

Municipio San Diego.
ARTICULO 54.- El Alcalde podrá

República Bolivariana de Venezuela

reglamentar la presente Ordenanza

Alcaldía del Municipio Autónomo

en forma general o parcial.
ARTICULO

55.-

La

San Diego,
presente

Ordenanza entrará en vigencia a

República Bolivariana de Venezuela,

partir de su publicación en la Gaceta

Estado Carabobo, Alcaldía de San

Municipal,

Diego, a los 24 días del mes de

quedando

derogada

cualquier norma parecida o de igual

Marzo

índole.

Independencia

Dada, firmada y sellada en el Salón
donde celebra sus Sesiones el
Concejo del Municipio San Diego, en
San Diego, a los 23 días del mes de
Marzo del dos mil. Año: 190, de la
Independencia
y
141
de
la
Federación.

Federación.

JESUS VEROES CASADIEGO
Vicepresidente del Concejo
Municipal

del dos mil. Año 190 de la
y

141

de

la

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

JOSE GREGORIO RUIZ
Alcalde del Municipio San Diego