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indicado en este artículo, horarios
contratación de un Seguro Funerario
especiales.
que ampare un grupo determinado de
PARAGRAFO ÚNICO: En los casos
servicios a ciudadanos de escasos
de epidemias o calamidad pública,
recursos y que deban ser atendidos
podrá
en esta eventualidad.
la
administración
del
A
los
Cementerio autorizar inhumaciones
PARAGRAFO
en horas extraordinarias, previo aviso
fines del cumplimiento del presente
a las autoridades civiles y sanitarias
artículo,
correspondientes.
Cementerio, con vista a la solicitud y
El
ARTÍCULO 25.-
Municipio
a
previa
SEGUNDO:
el
la
Administrador
comprobación
petición de parte interesada podrá dar
documentos
sepultura gratuita a los cadáveres de
alegadas,
personas declaradas pobres
de
autorización
solemnidad,
del
siguientes supuestos:
en
los
lugares
y
del
de
otras
los
pruebas
procederá a otorgar la
de
algunos
de
los
cementerio destinados a tal efecto.
a.-)
Donación de un ataúd.
Cuando el servicio fuere delegado,
b.-)
Inhumación con exoneración
contratado o dado en concesión, de
de los Impuestos Municipales.
conformidad a lo dispuesto en la Ley
c.-)
Orgánica de Régimen Municipal, esta
cementerio o cualquier otro sitio
Ordenanza
previsto por los familiares.
y
las
ordenanzas
Traslado al lugar de velación,
correspondientes, deberán establecerse,
d.-)
como condición obligatoria, a cargo
relacionados con la fosa.
del concesionario o delegatorio, la
prestación
previsto
en
gratuita
del
este
artículo
de
los
gastos
CAPITULO III
DE LAS EXHUMACIONES
servicio
a
Solventación
las
personas antes mencionadas en un
ARTÌCULO 26.- Previa autorización
porcentaje del mismo, indicado en la
de la autoridad sanitaria competente,
concesión.
la exhumación de cadáveres se
PARAGRAFO PRIMERO: Con cargo
permitirá en los casos siguientes:
a la partida de donaciones, el Alcalde
a -)
podrá
trasladados al Panteón Nacional.
destinar
recursos
para
la
Cuando
hayan
de
ser
