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a las restricciones políticas: no poder votar, ni presentarse a elecciones, ni ocupar cargos
públicos, ni afiliarse a organizaciones políticas o asistir a reuniones políticas. Iba también
contra las restricciones económicas: la prohibición de tener propiedades, puesto que los
bienes eran transferidos al marido; la prohibición de dedicarse al comercio, tener negocios
propios o abrir cuentas corrientes. La Declaración se expresaba en contra de la negación
de derechos civiles o jurídicos para las mujeres.
El 19 de julio de 1848 en el estado de Nueva York y en la capilla wesleyana de Seneca
Falls fue aprobado el documento conocido como "Declaración de Seneca Falls" o
"declaración de sentimientos". A partir de este momento los esfuerzos igualitarios y
aislados de muchas mujeres y algunos varones comenzaron a canalizarse en
movimientos feministas organizados y conscientes, primero en América después en el
resto de los países. La declaración consta de doce decisiones, siendo once de ellas
aprobadas por unanimidad y la número doce, la que hace referencia al voto, por una
pequeña mayoría. A la vista de la total privación de derechos de las mujeres, de su
degradación social y religiosa a causa de unas leyes injustas, las mujeres allí reunidas
toman una serie de acuerdos. Comentaré en este artículo los más significativos.
"DECIDIMOS: que todas aquellas leyes que sean conflictivas en alguna manera con
la verdadera y sustancial felicidad de la mujer, son contrarias al gran precepto de la
naturaleza y no tienen validez, pues este precepto tiene primacía sobre cualquier
otro."
El código civil napoleónico de 1804 da cuerpo a la idea según la cual la mujer es
propiedad del hombre y tiene en la producción de los hijos su tarea principal. El primer
periodo del siglo XIX busca sobre todo tomar distancia del importante periodo precedente,
la Ilustración. Y así presenta acusados rasgos conservadores. Se aleja de las posiciones
contractualistas. Frente a éstas el siglo XIX exaltará las raíces ancestrales, la vuelta al
pasado, los rasgos diferenciales. Como pone de manifiesto Amelia Valcárcel el primer
periodo del siglo XIX, hasta el 48 se centrará en la idea de "pietas" y tradición. A partir del
48 se exaltará la individualidad anormal. Las condiciones de la naciente sociedad
industrial y el rechazo de la legitimación contractualista de lo político hacen que se recurra
a explicaciones naturalistas de la vida social y de las diferencias de estatus y poder. Las
revoluciones sociales tenderán a reconducir esta situación por los caminos de la libertad,
pero no contemplan solucionar la cuestión de los sexos. El argumento se hallará en la
naturaleza, pues ésta prueba que la desigualdad es "natural". Mas aún la "natural"
naturaleza de las mujeres es esencial y constitutiva. El siglo XIX traduce por Naturaleza lo
biológico, lo formado por pares de opuestos que en la mayoría de los casos alcanza
realidad en el referente sexual: fuerza–debilidad o varón-mujer, acción-pasividad o varón–
mujer, inteligencia-imitación o varón–mujer, razón-irracional o varón-mujer, dominiosumisión o varón-mujer, Estado-familia o varón-mujer y así podríamos seguir hasta el
desmayo.
El ideal de naturaleza en el que se inspira, por el contrario, este punto de la declaración
es propiamente ilustrado. Es el esfuerzo contractualista por reconocer como derechos
naturales y constitutivos de todos los seres humanos la libertad, la propiedad y la
felicidad. El espíritu que alienta la redacción de la declaración de Seneca Falls, es el
espíritu de Locke. En el año 1680 aparece la obra de Sir Robert Filmer, Patriarca o del
poder natural de los reyes. Un alegato a favor de la idea patriarcal del poder. Locke se

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