BOE A 2015 9374 certamen nacional jovenes emprendedores.pdf


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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200

Viernes 21 de agosto de 2015

Sec. III. Pág. 75825

Segundo.  Dotación económica y cuantía individualizada de la ayuda.
El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores 2015 dispone de un crédito
presupuestario de 250.000,00 euros, con cargo a la aplicación 26.101.232A.476, del
presupuesto de gastos del Instituto de la Juventud para 2015.
A cada uno de los diez primeros seleccionados les será concedida una aportación en
metálico de veinticinco mil euros (25.000 €). En los casos en que proceda se aplicará la
retención del IRPF que corresponda.
La ayuda se concederá en régimen de pago anticipado de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 34.4, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Tercero.  Beneficiarios.
El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores va dirigido a jóvenes de
nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, personas físicas o
jurídicas.
Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener residencia legal y permiso de
trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la
presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser
presentada por el/la representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso
debe superar los 35 años. Asimismo, deberán presentar declaración responsable de que
el capital social pertenece mayoritariamente (51 %) a jóvenes que no superen los 35 años.
El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que
se presente, deben estar, en todo caso, en territorio español.
Asimismo, las personas, tanto físicas como jurídicas que concurran a las
correspondientes convocatorias deberán reunir a la fecha de publicación de las mismas,
los siguientes requisitos:
a)  Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
b)  No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición
de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
c)  Haber justificado, en su caso, ayudas económicas recibidas con anterioridad del
Instituto de la Juventud.

1.  La solicitud de participación en la convocatoria del Certamen Nacional de Jóvenes
Emprendedores deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en los anexos I
y II de la presente Resolución, según que el solicitante sea persona física o jurídica, y que
está disponible en la página web del INJUVE (www.injuve.es).
Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto de la Juventud, así como toda
la documentación que se presente al certamen, podrán presentarse en el Registro General
del Organismo, calle Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, en los registros y oficinas a que
se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o a través del Registro
electrónico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
El plazo para la presentación de candidaturas será de 20 días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
La presentación de una solicitud implica la aceptación integra de las bases reguladoras
del Certamen, del mismo modo al presentar dicha solicitud el solicitante autoriza al órgano
instructor para que pueda:
1)  Realizar la comprobación de sus datos mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad conforme al Real Decreto 522/2006, de 28 de abril.

cve: BOE-A-2015-9374
Verificable en http://www.boe.es

Cuarto.  Presentación de las candidaturas. Requisitos, forma y plazos.