1965 12 07, Concilium Vaticanum II, Constitutiones Decretaque Omnia, ES (1).pdf

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Los laicos, por fin, presten de buen grado su cooperación económico-social a los
pueblos en vías de desarrollo; cooperación que es tanto más de alabar, cuanto más se
relacione con la creación de aquellas instituciones que atañen a las estructuras fundamentales
de la vida social, y se ordenan a la formación de quienes tienen la responsabilidad de la
nación.
Son signos de elogio especial los seglares que, con sus investigaciones históricas o
científicas-religiosas promueven el conocimiento de los pueblos y de las religiones en las
universidades o institutos científicos, ayudando así a los heraldos del Evangelio y preparando
el diálogo con los no cristianos.
Colaboren fraternalmente con otros cristianos, y con los no cristianos, sobre todo con
los miembros de asociaciones internacionales, teniendo siempre presente que " la edificación
de la ciudad terrena se funda en el Señor y a El se dirige ".
Para cumplir todos estos cometidos, los laicos necesitan preparación técnica y
espiritual, que debe darse en institutos destinados a este fin, para que su vida sea testimonio
de Jesucristo entre los no cristianos según la frase del Apóstol: " No seáis objeto de escándalo
ni para Judíos, ni para Gentiles, ni para la Iglesia de Dios, lo mismo que yo procuro agradar a
todos en todo, no buscando mi conveniencia, sino la de todos para que se salven" ( 1 Cor., 10,
32 - 33 ).
Conclusión
42.
42. Los Padres del Concilio, juntamente con el Romano Pontífice, sintiendo
vivamente la obligación de difundir en todas partes el Reino de Dios, saludan con gran amor
a todos los heraldos del Evangelio, sobre todo a los que padecen persecución por el nombre
de Cristo, hechos partícipes de sus sufrimientos.
Ellos se encienden en el mismo amor en que ardía Cristo por los hombres. Pero,
sabedores de que es Dios quien hace que su Reino venga a la tierra, ruegan juntamente con
todos los fieles cristianos que, por intercesión de la Virgen María, Reina de los Apóstoles,
sean atraídos los gentiles cuanto antes al conocimiento de la verdad ( Cf. 1 Tim., 2,4 ), y la
claridad de Dios que resplandece en el rostro de Cristo Jesús, brille para todos por el Espíritu
Santo ( Cf. 2 Cor., 4,6 ).
Todas y cada una de las cosas contenidas en este Decreto han obtenido el beneplácito
de los Padres del Sacrosanto Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostólica recibida de
Cristo, juntamente con los Venerables Padres, las aprobamos, decretamos y establecemos en
el Espíritu Santo, y mandamos que lo así decidido conciliarmente sea promulgado para gloria
de Dios.
Roma, en San Pedro, 7 de diciembre de 1965.
Yo, Pablo, Obispo de la Iglesia católica
