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6. VIVIENDA Y CIUDAD SOSTENIBLE
Los Estados Partes reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí
y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las
condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad
de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional
fundada en el libre consentimiento.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)
El estallido de la burbuja inmobiliaria y financiera de 2008 continúa generando en los pueblos del sur de Europa consecuencias atroces para las personas y el territorio. La estafa hipotecaria producida por decenios de políticas neoliberales
en España y Europa está generando una vulneración sistemática de derechos fundamentales, con su cara más dramática en los desahucios masivos y en el sobreendeudamiento de las familias. Estos años han demostrado que dejar el
derecho a la vivienda al arbitrio del mercado destruye este derecho y, además, no supone una actividad económica
sostenible ni generadora de empleo estable, sino un negocio depredador, especulativo y voraz. En el Estado español,
desde 2007, se han producido más de medio millón de desahucios hipotecarios en España, sin contar los desahucios
por alquiler. Necesitamos apostar por un modelo de ciudad y de territorio más sostenibles.
I. LA VIVIENDA ES UN DERECHO FUNDAMENTAL QUE DEBE SER GARANTIZADO Y PROTEGIDO POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
España tiene 3’5 millones de viviendas deshabitadas. Debemos garantizar la función social vivienda, garantizando el
acceso en alquiler de esas viviendas desde el control público y el interés general. Las viviendas no son mercancía para
engrosar los balances bancarios, las viviendas deben dar habitación. Los poderes públicos deben ocuparse de la adversa situación creada por la falta de vivienda, y hacer frente a la desocupación de viviendas que contraviene la función
social de la propiedad, así como la utilización inadecuada del espacio urbano, estableciendo un despilfarro del territorio, y una vulneración de derechos.
− El parque de viviendas públicas debe tener consideración de Servicio Público, tan importante como la educación
o la sanidad. El parque de viviendas públicas deben contar con protección suficiente, ir dirigido a las personas
expulsadas del mercado inmobiliario que no pueden acceder a una vivienda digna. La vivienda pública, como
servicio público, no puede venderse ni privatizarse.
− Prohibición de que las administraciones públicas desahucien de sus parques de vivienda. Ninguna familia que no
pueda pagar a consecuencia del sobreendeudamiento podrá ser expulsada de las viviendas públicas.
− Fomentar el acceso a la vivienda desde el cooperativismo, y nuevas formas de tenencia, fortaleciendo el alquiler,
de forma que el acceso a una vivienda no dependa del endeudamiento para el acceso de crédito hipotecario.
− Establecer una bolsa de viviendas bajo control público que estén destinados a dar habitación a quienes han sido
expulsados de su vivienda. Las viviendas públicas o las protegidas no podrán ser vendidas a sociedades mercantiles privadas, ni a fondos de titulización, ni a fondos “buitre”.
II. LA LUCHA CONTRA LOS DESAHUCIOS, EL FRAUDE FINANCIERO Y LA QUITA HIPOTECARIA
− Reformar las leyes estatales adoptando las medidas de la ILP para la Proposición de ley de regulación de la dación
en pago, de paralización de los desahucios y de alquiler social.
− Modificar la ley de protección al consumidor hipotecario, prohibiendo las cláusulas suelo y todas las cláusulas
abusivas que perjudiquen a la ciudadanía en beneficio de la banca.
PROGRAMA PARA LAS ELECCIONES EUROPEAS 2014 | 41
