EL ESTADO DE NECESIDAD DE LOS CIUDADANOS ANTE LA OCUPACIÓN DE LAS VIVIENDAS PUBLICAS DESOCUPADAS.pdf


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Más paradójica aún, si se tiene en consideración en muchos de esos casos,
el sujeto pasivo del despojo se encarna en la persona del propio Estado a
través de una SOCIEDAD ANÓNIMA MUNICIPAL como es
EMVISESA.
Porque no deben caber dudas que una persona que ingresa a un domicilio
ajeno en busca de un techo donde dormir, más que un criminal, es un
desposeído de sus derechos básicos de subsistencia.
En este punto son más que pertinentes las reflexiones realizadas en su día
por Marat, al respecto de la culpabilidad en un estado de necesidad de un
individuo, en cuanto arremete contra el Estado denunciando:
“¿Que soy yo culpable? No lo creo, pero tengo conciencia de que no he
hecho nada que no debiese hacer. El primero de los deberes del hombre es
cuidar de su propia conservación; vosotros mismos no conocéis ningún
deber superior a éste; el que roba para vivir, en tanto no puede hacer otra
cosa, no hace más que usar sus derechos”.
La situación de vulnerabilidad de las personas es tal que no puede
considerarse autora de un hecho punible que por más que se reconsidere no
puede estimarse como antijurídico, dado que la conservación de ellas
mismas y de sus hijos menores hacen que lo realice no sea otra cosa que
usar del derecho de utilizar una vivienda social deshabitada y, al igual, que
la insignificancia del hurto famélico hace no punible la acción ejecutada, en
estos supuestos cabe aplicar el estado de necesidad como eximente
completa.
No en vano Marat, hace más de doscientos años, ya vaticinaba:
“A la generación que hizo el pacto social sucede la generación que lo
confirma; pero el número de miembros del Estado cambia sin cesar. Por
eso, cuando no se ha tomado ninguna medida para prevenir el aumento de
las fortunas particulares, por el libre curso que se deja a la ambición, a la
industria y al talento, una parte de los hombres se enriquece siempre a
expensas de la otra, y por la imposibilidad de disponer de sus bienes en
favor de extraños por falta de herederos naturales, las riquezas bien
pronto deben acumularse en un corto número de familias y se encuentran
luego en el Estado una multitud de personas indigentes que dejan su
posteridad en la miseria.

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