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SEGUNDA SECCIÓN
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contingente, y siempre podemos librarnos de la prescripción
si abandonamos el propósito, mientras que en cambio el
mandato incondicionado no deja a discreción de la voluntad
10 lo contrario, y por tanto únicamente él lleva consigo la nece
sidad que solicitamos para la ley.
En segundo lugar, en este imperativo categórico o ley
de la moralidad es también muy grande el fundamento de
la dificultad (de comprender la posibilidad del mismo).
Es una proposición sintético-práctica* a priori, y puesto
15 que comprender la posibilidad de las proposiciones de este
tipo tiene tanta dificultad en el conocimiento teórico, fá
cilmente se puede deducir que no tendrá menos en el
práctico.
En este problema vamos a probar primero si el mero
concepto de un imperativo categórico no nos proporciona
20 quizá también la fórmula del mismo que contiene la única
proposición^ que puede_ser un imperativo categórico, pues
cómo sea posible tal mandato absoluto, aun cuándo sabemos
cómo reza, exigirá todavía un esfuerzo especial y difícil que
dejamos para la última sección.
Cuando pienso un imperativo hipotético en general,
25 no sé de antemano qué contendrá: hasta que me está dada
la condición. Pero si pienso un imperativo categórico sé
en seguida qué contiene. Pues como el imperativo, apar
te de la ley, sólo contiene la necesidad de la máxima** de
ser conforme a esa ley, y la ley no contiene ninguna condi
ción a la que esté limitada, no queda sino la universali
dad de una ley en general, a la cual37 debe ser conforme la
máxima de la acción, y únicamente esa conformidad es
lo que el imperativo representa propiamente como nece
sario.
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* Conecto con la voluntad, sin condición presupuesta de inclinación alguna, la
acción a priori, y por tanto necesariamente (aunque sólo objetivamente, esto es, bajo
la idea de una razón que tuviese pleno poder sobre todas las causas de movimiento
subjetivas). Esta es, así pues, una proposición práctica que no deriva analíticamente
el querer una acción de otro34 ya presupuesto (pues no tenemos una voluntad tan
perfecta), sino que lo conecta inmediatamente con el concepto de la voluntad en tanto
que voluntad de un ser racional, como algo que no está contenido en él.35
** La máxima es el principio subjetivo de obrar, y tiene que ser distinguida del
principio objetivo, a saber, de la ley práctica. Aquélla contiene la regla práctica que la
razón determina36 en conformidad con las condiciones del sujeto (frecuentemente la
ignorancia o también las inclinaciones del mismo), y es, así pues, el principio según
el cual obra el sujeto, pero la ley es el principio objetivo válido para todo ser racional
y el principio según el cual debe obrar, esto es, un imperativo.
