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Sábado 28 de diciembre de 2019
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
Facilidad para que las personas físicas expidan CFDI con e.firma
2.2.8.
Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción II del CFF, las personas físicas en
sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de e.firma obtenido conforme a lo previsto
en el artículo 17-D del citado Código, únicamente para la emisión del CFDI, a través de la
herramienta electrónica denominada “Servicio gratuito de generación de Factura Electrónica
(CFDI) ofrecido por el SAT”.
Cuando los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en esta regla se ubiquen en el
supuesto del artículo 17-H, fracción X del CFF, les será restringido el uso del certificado de
e.firma para la emisión de CFDI, conforme al procedimiento que se establece en la regla
2.2.4., y no podrán solicitar otro CSD, ni ejercer la opción a que se refiere la regla 2.7.1.21.,
o alguna otra opción para la expedición de CFDI establecida mediante reglas de carácter
general, hasta que el contribuyente haya presentado solicitud de aclaración para subsanar
las irregularidades detectadas, o bien, para desvirtuar las causas que motivaron la aplicación
de tal medida, o en su caso se emita la resolución correspondiente a la citada solicitud de
aclaración.
CFF 17-D, 17-H, 29, RMF 2020 2.2.3., 2.2.4., 2.7.1.6., 2.7.1.21.
Aclaración sobre el bloqueo al acceso al buzón tributario por haber obtenido una
suspensión provisional o definitiva en amparo indirecto
2.2.9.
Para los efectos de los artículos 17-K del CFF y 11 de su Reglamento, los contribuyentes a
los que se les ha otorgado una medida cautelar consistente en la suspensión provisional o
definitiva, que no sea expresamente en contra del uso del buzón tributario y/o la notificación
electrónica, o en su caso, el Juzgado haya acordado la conclusión del medio de defensa y al
intentar ingresar a su buzón tributario, visualicen el mensaje: “Usted promovió un juicio de
amparo en el que se le otorgó la suspensión, motivo por el cual se deshabilitó el acceso a su
buzón tributario, en caso de tener alguna duda o comentario, favor de ingresar al servicio de
aclaraciones del SAT”, deberán presentar una solicitud de aclaración a través del Portal del
SAT, a la cual se anexará la resolución en la que se haya otorgado la suspensión
correspondiente o el acuerdo por el cual el Juzgado de mérito haya acordado la firmeza o
conclusión del medio de defensa, en archivo electrónico comprimido en formato (.zip) del cual
se obtendrá el acuse respectivo.
CFF 17-K, RCFF 11
Inscripción en el RFC y trámite de la e.firma para las Sociedades por Acciones
Simplificadas
2.2.10.
Para efectos de los artículos 27, apartados A, fracción I y B, fracción I del CFF, 22, fracción I
y 23, último párrafo, fracción I de su Reglamento, las personas morales constituidas como
Sociedades por Acciones Simplificadas, podrán inscribirse en el RFC a través del Portal
www.gob.mx/Tuempresa, cumpliendo con lo establecido en la ficha de trámite 235/CFF
“Solicitud de Inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas”, contenida
en el Anexo 1-A.
Asimismo, para efectos del artículo 17-D del CFF, una vez concluida la inscripción en el RFC,
las citadas sociedades podrán tramitar por única vez a través del mencionado Portal su
certificado de e.firma, cumpliendo con lo establecido en la ficha de trámite 236/CFF “Solicitud
de generación de e.firma para las Sociedades por Acciones Simplificadas”, contenida en el
Anexo 1-A.
CFF 17-D, 27, Ley General de Sociedades Mercantiles 260, 262, RCFF 22, 23
Verificación y autenticación de e.firma
2.2.11.
Para los efectos del artículo 17-F, segundo párrafo del CFF, el SAT prestará el servicio de
verificación y autentificación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas y servicio
de verificación de identidad biométrica a los contribuyentes que acuerden el uso de la e.firma
como medio de autentificación o firmado de documentos digitales, o que requieran la
verificación de identidad biométrica siempre que presenten la información y documentación
señalada en la ficha de trámite 256/CFF “Solicitud de acceso al servicio público de consulta
de verificación y autenticación de e.firma”, contenida en el Anexo 1-A.
