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Anteproyecto de Ley General de Aguas presentada a la Asamblea Legislativa el 22 de Marzo de 2012
a iniciativa del Presidente de la República a través del Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Los Organismos Zonales representarán al MARN en lo relacionado a la aplicación de la
presente Ley, en la zona hidrográfica respectiva.
Estructura de los Organismos Zonales de Cuenca
Art. 29.- Los Organismos Zonales de Cuenca estarán dirigidos por un Gerente Zonal
nombrado por el MARN. Contarán con el personal contratado y recursos necesarios, bajo la
responsabilidad del Gerente Zonal.
La estructura interna, organización y funcionamiento de cada Organismo Zonal de Cuenca
será determinada por la normativa interna de organización y funcionamiento del MARN.
Funciones de los Organismos Zonales de Cuenca
Art. 30.- Las funciones de los Organismos Zonales de Cuenca son:
a.
Representar al MARN en su función operativa en las zonas correspondientes, conforme
a lo dispuesto en la presente Ley y las delegaciones que le confiera;
b.
Formular y presentar al MARN para su aprobación las propuestas de los planes
hídricos zonales, así como planes por cuenca hidrográfica conforme a lo dispuesto en
el Plan Nacional Hídrico;
c.
Participar en la elaboración de la Política Nacional de los Recursos Hídricos;
d.
Supervisar el buen uso o aprovechamiento de las aguas nacionales por parte de
aquéllos que cuenten con autorizaciones de asignación o permiso, incluyendo los
vertidos a medios receptores y detectar los usos o aprovechamientos ilegales;
e.
Ejecutar las actividades de protección y conservación de los recursos hídricos, emitidas
por el MARN, en coordinación con las autoridades competentes;
f.
Vigilar y controlar el cumplimiento de la normativa relacionada con la cantidad y
calidad del agua, así como con la gestión de las cuencas y regiones hidrográficas que
correspondan a su zona de actuación geográfica;
g.
Ejecutar los diferentes Convenios que suscriba el MARN con otras entidades, sean
públicas o privadas, nacionales o extranjeras en materia hídrica;
h.
Apoyar la realización de mediciones de toda índole relativas al sector hídrico y gestión
integrada, estudios relativos al sector, información sobre eventos climáticos extremos,
calidad del agua, investigación aplicada y desarrollo tecnológico;
i.
Apoyar la ampliación, difusión y comprensión de la información, análisis e informes
que produzca el Sistema de Información Hídrica a nivel zonal;
j.
Proponer y ejecutar instrumentos para viabilizar los programas y proyectos
considerados en la planificación hídrica nacional;
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