EXHORTACIÓN APOSTÓLICA FAMILIARIS CONSORTIO (1).pdf

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procuren que se publique un directorio para la pastoral de la familia. En él se
deberán establecer ante todo los elementos mínimos de contenido, de duración y
de método de los «cursos de preparación», equilibrando entre ellos los diversos
aspectos —doctrinales, pedagógicos, legales y médicos— que interesan al
matrimonio, y estructurándolos de manera que cuantos se preparen al mismo,
además de una profundización intelectual, se sientan animados a inserirse
vitalmente en la comunidad eclesial.
Por más que no sea de menospreciar la necesidad y obligatoriedad de la
preparación inmediata al matrimonio —lo cual sucedería si se dispensase
fácilmente de ella— , sin embargo tal preparación debe ser propuesta y actuada
de manera que su eventual omisión no sea un impedimento para la celebración
del matrimonio.
Celebración
67. El matrimonio cristiano exige por norma una celebración litúrgica, que
exprese de manera social y comunitaria la naturaleza esencialmente eclesial y
sacramental del pacto conyugal entre los bautizados.
En cuanto gesto sacramental de santificación, la celebración del matrimonio
—inserida en la liturgia, culmen de toda la acción de la Iglesia y fuente de su
fuerza santificadora—[166] debe ser de por sí válida, digna y fructuosa. Se abre
aquí un campo amplio para la solicitud pastoral, al objeto de satisfacer
ampliamente las exigencias derivadas de la naturaleza del pacto conyugal
elevado a sacramento y observar además fielmente la disciplina de la Iglesia en
lo referente al libre consentimiento, los impedimentos, la forma canónica y el rito
mismo de la celebración. Este último debe ser sencillo y digno, según las normas
de las competentes autoridades de la Iglesia, a las que corresponde a su vez
—según las circunstancias concretas de tiempo y de lugar y en conformidad con
las normas impartidas por la Sede Apostólica[167] — asumir eventualmente en
la celebración litúrgica aquellos elementos propios de cada cultura que mejor se
prestan a expresar el profundo significado humano y religioso del pacto
conyugal, con tal de que no contengan algo menos conveniente a la fe y a la
moral cristiana.
En cuanto signo, la celebración litúrgica debe llevarse a cabo de manera que
constituya, incluso en su desarrollo exterior, una proclamación de la Palabra de
Dios y una profesión de fe de la comunidad de los creyentes. El empeño pastoral
se expresará aquí con la preparación inteligente y cuidadosa de la «liturgia de la
Palabra» y con la educación a la fe de los que participan en la celebración, en
primer lugar de los que se casan.
En cuanto gesto sacramental de la Iglesia, la celebración litúrgica del matrimonio
debe comprometer a la comunidad cristiana, con la participación plena, activa y
responsable de todos los presentes, según el puesto e incumbencia de cada uno:
los esposos, el sacerdote, los testigos, los padres, los amigos, los demás fieles,
todos los miembros de una asamblea que manifiesta y vive el misterio de Cristo
y de su Iglesia.
Para la celebración del matrimonio cristiano en el ámbito de las culturas o
tradiciones ancestrales, se sigan los principios anteriormente enunciados.
