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3. Validación del SOAT, infracciones de tránsito y tiempo en el servicio
público. El organismo de tránsito valida en el sistema RUNT la existencia del
SOAT, que el propietario se encuentra a paz y salvo por concepto de multas por
infracciones de tránsito y valida o verifica que el vehículo tenga una antigüedad
en el servicio público mínima de cinco (5) años.
4. El organismo de tránsito verifica y/o válida la desvinculación del vehículo de
la empresa servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros en
vehículo taxi.
5. Verificación del cambio de color. El organismo de tránsito procede a verificar
que efectivamente el color del vehículo ha sido cambiado y realiza un registro
fotográfico del mismo.
6. Validación y verificación del pago de los derechos del trámite. El organismo
de tránsito valida en el sistema RUNT el pago realizado por el usuario por los
derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte y de la tarifa RUNT, y
verifica la realización del pago correspondiente a los derechos del organismo de
tránsito.
7. Otorgamiento de la licencia de tránsito y entrega de placas. Verificados y
validados los requisitos enunciados anteriormente, el organismo de tránsito
procede a expedir y entregar la nueva licencia de tránsito, actualiza el Registro
Nacional Automotor con el nuevo tipo de servicio registrado y el nuevo color y
hace entrega de las nuevas placas de servicio particular contra entrega de las
anteriores.
Artículo 25. Cambio de servicio de un vehículo oficial a particular y viceversa. El
cambio de servicio de un vehículo de servicio oficial a particular y viceversa se produce
automáticamente con el traspaso del vehículo, proceso regulado en el artículo 10,
Capítulo 3.
CAPÍTULO XI
Cambio de placa por clasificación de vehículo automotor antiguo o clásico y
cambio de placa de vigencias anteriores
Artículo 26. Requisitos y procedimiento. Verificada la inscripción del usuario en el
sistema RUNT, para solicitar ante el organismo de tránsito, el cambio de placa de un
vehículo por clasificación o porque aún porta placas de vigencias anteriores se deberá
observar el siguiente procedimiento y cumplir con los requisitos que el mismo exige:
1. Presentación del formato de solicitud de trámite. El organismo de tránsito
requiere al usuario el formato de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
2. Si el cambio de placa es por clasificación. El organismo de tránsito requiere
al usuario la certificación expedida por la entidad especializada en la
preservación de vehículos antiguos y clásicos inscrita ante el Ministerio de
Transporte que clasifica al vehículo como antiguo o clásico, la cual deberá ser
reportada al sistema y donde se deberán adherir las improntas del vehículo.
Resolución 12379 de Diciembre 28 de 2012