DISENO Y DESARROLLO DE PROGRAMA INFORMATICO .pdf



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Título: MODELO DE CONTRATO DE DISEÑO Y DESARROLLO DE PROGRAMA INFORMÁTICO
Autor: AEADE

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

MODELO DE CONTRATO DE DISEÑO Y DESARROLLO DE
PROGRAMA INFORMÁTICO

En (…), a (…) de (…) de (…)

REUNIDOS

DE UNA PARTE, (…) mayor de edad, con D.N.I. número (…) y en nombre y
representación de (…), en adelante el “CLIENTE”, domiciliada en (…), calle (…) nº (…), C.P.
(…) y C.I.F. (…).
DE OTRA PARTE, (…) mayor de edad, con D.N.I. número (…) y en nombre y
representación de la mercantil (…), en adelante el “PROVEEDOR”, domiciliada en (…), calle
(…) nº (…), C.P. (…) y C.I.F. (…).
El CLIENTE y el PROVEEDOR, en adelante podrán ser denominadas individualmente
la “Parte” y conjuntamente las “Partes”, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica y de
obrar suficiente para la celebración del presente Contrato

EXPONEN

PRIMERO: Que el CLIENTE está interesado en la contratación del servicio de:
Diseño y desarrollo de un programa informático para sus necesidades específicas y hacer
más eficiente su sistema informático.
SEGUNDO: Que el PROVEEDOR es una empresa especializada en la prestación de
servicios informáticos integrales.
TERCERO: Que las Partes están interesadas en celebrar un contrato de diseño y desarrollo
de programa informático en virtud del cual el PROVEEDOR preste al CLIENTE el servicio de
diseño y desarrollo de un programa de software conforme a las necesidades específicas del
negocio del CLIENTE.

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

Que las Partes reunidas en la sede social del CLIENTE, acuerdan celebrar el presente
contrato de DISEÑO Y DESARROLLO DE PROGRAMA INFORMÁTICO, en adelante el
“Contrato”, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO
En virtud de este Contrato el PROVEEDOR se obliga a prestar al CLIENTE el
servicio de diseño y desarrollo de un programa de software conforme a las necesidades
específicas del negocio del CLIENTE, en adelante el “Servicio”, en los términos y condiciones
previstos en el Contrato y en todos sus Anexos.
SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICOS
DE PRESTACIÓN DE EL SERVICIO
2.1.

El servicio se prestará en los siguientes términos y condiciones generales:

2.1.1.

El PROVEEDOR responderá de la calidad del trabajo desarrollado con la diligencia
exigible a una empresa experta en la realización de los trabajos objeto del Contrato.

2.1.2.

El PROVEEDOR se obliga a gestionar y obtener, a su cargo, todas las licencias,
permisos y autorizaciones administrativas que pudieren ser necesarias para la
realización del servicio.

2.1.3.

El PROVEEDOR se hará cargo de la totalidad de los tributos, cualquiera que sea
su naturaleza y carácter, que se devenguen como consecuencia del Contrato, así
como cualesquiera operaciones físicas y jurídicas que conlleve, salvo el Impuesto
sobre el Valor Añadido (IVA) o su equivalente, que el PROVEEDOR repercutirá
al CLIENTE.

2.1.4.

El PROVEEDOR guardará confidencialidad sobre la información que le facilite el
CLIENTE en o para la ejecución del Contrato o que por su propia naturaleza deba
ser tratada como tal. Se excluye de la categoría de información confidencial toda
aquella información que sea divulgada por el CLIENTE, aquella que haya de ser
revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad
competente. Este deber se mantendrá durante un plazo de tres años a contar desde
la finalización del servicio.

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

2.1.5.

En el caso de que la prestación del servicio suponga la necesidad de acceder a datos
de carácter personal, el PROVEEDOR, como encargado del tratamiento, queda
obligado al cumplimiento de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por
el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y demás
normativa aplicable.
El PROVEEDOR responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir
en el caso de que destine los datos personales a otra finalidad, los comunique a un
tercero, o en general, los utilice de forma irregular, así como cuando no adopte las
medidas correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos. A tal
efecto, se obliga a indemnizar al CLIENTE, por cualesquiera daños y perjuicios que
sufra directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento, que traiga su
causa de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del
PROVEEDOR de lo dispuesto tanto en el Contrato como lo dispuesto en la
normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.
A los efectos del artículo 12 de la Ley 15/1999, el PROVEEDOR únicamente tratará
los datos de carácter personal a los que tenga acceso conforme a las instrucciones
del CLIENTE y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al objeto del Contrato,
ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. En el caso de
que el PROVEEDOR destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice
incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado también
responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera
incurrido personalmente.
El PROVEEDOR deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de
la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están
expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. A estos
efectos el PROVEEDOR deberá aplicar los niveles de seguridad que se establecen
en el Real Decreto 1720/2007 de acuerdo a la naturaleza de los datos que trate.

2.1.6.

El PROVEEDOR responderá de la corrección y precisión de los documentos que
aporte al CLIENTE en ejecución del Contrato y avisará sin dilación al CLIENTE
cuando detecte un error para que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras
que estime oportunas.

2.1.7.

El PROVEEDOR responderá de los daños y perjuicios que se deriven para el
CLIENTE y de las reclamaciones que pueda realizar un tercero, y que tengan su
causa directa en errores del PROVEEDOR, o de su personal, en la ejecución del
Contrato o que deriven de la falta de diligencia referida anteriormente.
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LOGOTIPO DEL CLIENTE

2.1.8.

2.2.

Las obligaciones establecidas para el PROVEEDOR por la presente cláusula serán
también de obligado cumplimiento para sus posibles empleados, colaboradores,
tanto externos como internos, y subcontratistas, por lo que el PROVEEDOR
responderá frente al CLIENTE si dichas obligaciones son incumplidas por tales
empleados.
El PROVEEDOR prestará el servicio en los siguientes términos y condiciones
específicos:

2.2.1.

El CLIENTE, que es quien mejor conoce sus necesidades, se obliga a p restar su
colaboración activa al PROVEEDOR para el diseño y elaboración del programa
contratado en todas sus fases, para llevar a buen término este contrato.

2.2.2.

Los empleados del CLIENTE y los técnicos del PROVEEDOR se deberán prestar
colaboración en todo momento y hasta la finalización del presente contrato.

2.2.3.

El CLIENTE presentará al PROVEEDOR un informe con las necesidades y
previsiones que tenga a medio plazo, que sean necesarias para utilidad del programa
de software.

2.2.4.

Las características del programa, sus funciones y especificaciones técnicas se
establecerán detalladamente [detallar las especificaciones técnicas o indicar anexo
donde se encuentren]. El contenido deberán presentarse en formato (…) [indicar el
tipo de formato].

2.2.5.

El CLIENTE y el PROVVEDOR acordarán un plan de entregas donde se detallarán
las fechas de entrega y el contenido de las diferentes versiones del programa.

2.2.6.

El PROVEEDOR responderá de la autoría y originalidad del proyecto y del
ejercicio pacífico de los derechos que cede al CLIENTE mediante el presente
contrato.

2.2.7.

El PROVEEDOR será el único responsable de la contratación de colaboraciones y
de la relación con éstas, si las necesita para la elaboración y desarrollo de alguna
parte del programa.

2.2.8.

Si durante la realización del programa, cualquiera de las partes considerara
introducir modificaciones en el programa, deberá notificarlo por escrito a la otra
parte. El acuerdo de modificación se realizará por escrito, con todas las
especificaciones técnicas y los nuevos plazos. El documento quedará unido al
presente contrato.

2.2.9.

Realizada la entrega del programa (…) [indicar nombre del programa], el
programa se instalará en el sistema informático del CLIENTE. Y el PROVEEDOR

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

realizará las comprobaciones necesarias para verificar el buen funcionamiento del
programa. Dichas pruebas deberán determinar la calidad, operatividad y desarrollo
del conforme el presente contrato. El CLIENTE no podrá negarse u obstaculizar la
realización de las comprobaciones.
2.2.10.

Entregada la versión definitiva, tras la comprobación, el CLIENTE tiene un plazo
de (…) [indicar los días, semanas o meses] para efectuar las reclamaciones y
observaciones que considere para el buen funcionamiento del programa. El
CLIENTE colaborará con el PROVEEDOR en el proceso de corrección o de
reparación.

2.2.11.

Notificado por el CLIENTE un fallo al PROVEEDOR o el programa no supere el
nivel mínimo de calidad exigido, el PROVEEDOR procederá a realizar las
correcciones necesarias para llegar a la calidad exigida y el buen funcionamiento
del programa, en el plazo señalado en la cláusula 6.3 de este contrato.

2.2.12.

Junto con la entrega definitiva el PROVEEDOR entregará al CLIENTE los códigos
y programas fuente de las aplicaciones desarrolladas para el CLIENTE, y toda la
documentación técnica utilizada. El PROVEEDOR destruirá la información
confidencial aportada por el cliente para facilitar o posibilitar la realización del
proyecto.

2.2.13.

Transcurrido el plazo sin objeciones, el PROVEEDOR y el CLIENTE firmarán un
documento de aceptación definitiva del programa. Dicho documento quedará unido
al presente contrato.

2.2.14.

El PROVEEDOR garantiza el programa desarrollado por un período de (…)
[indicar período]. Durante ese tiempo el PROVEEDOR subsanará cualquier
incidencia que se produzca en el programa desarrollado, conforme a la cláusula 6.3
de este contrato.

2.2.15.

El PROVEEDOR cede todos los derechos, sin reserva alguna, de propiedad sobre
el programa (…) [indicar nombre del programa] al CLIENTE

2.2.16.

El PROVEEDOR ejecutará el Contrato realizando de manera competente y
profesional los Servicios, cumpliendo los niveles de calidad exigidos y realizará el
proyecto completo.

TERCERA.- POLÍTICA DE USO
El CLIENTE es el único responsable de determinar si el servicio que constituye el objeto de
este Contrato se ajusta a sus necesidades.

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

CUARTA.- PRECIO Y FACTURACIÓN.4.1

El precio del Contrato es de (…) [indicar el precio del servicio] IVA excluido.

4.2

El pago de la factura se realizará, tras la aceptación por el CLIENTE del programa
desarrollado, mediante transferencia bancaria a los 5 días de la fecha de recepción de
la factura, en la siguiente cuenta corriente titularidad del PROVEEDOR: (…) [indicar
nº de cuenta].

QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo máximo de terminación del programa es de (…) […] a partir de la fecha referida en el
encabezamiento del Contrato.
El retraso superior a 15 días será considerado como una incidencia crítica.

SEXTA.- ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO
6.1

El servicio prestado por el PROVEEDOR se realizará por personal especializado en
cada materia. El personal del PROVEEDOR acudirá previsto de todo el material
necesario, adecuado y actualizado, para prestar el servicio.

6.2

Una vez establecido el plan de entregas, no se admitirá una desviación superior al [
indicar porcentaje máximo o periodo en términos absolutos] respecto a los plazos
fijados en dicho plan.

6.3

Las averías o el mal funcionamiento del servicio se comunicarán al PROVEEDOR
en su domicilio a través de llamada telefónica o envío de fax.

6.4

Los problemas del puesto de trabajo se resolverán en un período máximo que
dependerá de su gravedad. [se establecen distintos plazos atendiendo a la gravedad
de la incidencia, leve, grave, crítica. las penalizaciones se deben definir también en
función de la gravedad de la incidencia]


Se entiende por incidencia crítica: las incidencias que, en el marco de la
prestación del servicio, afectan significativamente al CLIENTE. [si se pueden
establecer parámetros objetivos mejor]

6

LOGOTIPO DEL CLIENTE



Se entiende por incidencia grave: las incidencias que, en el marco de la
prestación del servicio, afectan moderadamente al CLIENTE. [si se pueden
establecer parámetros objetivos mejor]



Se entiende por incidencia leve: las incidencias que se limitan a entorpecer la
prestación del servicio. [si se pueden establecer parámetros objetivos mejor]

La reparación se realizará en los siguientes períodos máximos desde el aviso:


Incidencia crítica: [indicar el plazo]



Incidencia grave: [indicar el plazo]



Incidencia leve: [indicar el plazo]

SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN
Las Partes podrán modificar el contrato de mutuo acuerdo y por escrito.

OCTAVA.- RESOLUCIÓN
Las Partes podrán resolver el Contrato, con derecho a la indemnización de daños y
perjuicios causados, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.

NOVENA.- NOTIFICACIONES
Las notificaciones que se realicen las Partes deberán realizarse por correo con acuse de
recibo [o cualquier otro medio fehaciente que acuerden las Partes] a las siguientes direcciones:


CLIENTE (…)



PROVEEDOR: (…)

DÉCIMA.- REGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene carácter mercantil, no existiendo en ningún caso vínculo
laboral alguno entre el CLIENTE y el personal del PROVEEDOR que preste concretamente el
servicio.

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

Toda controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él –incluida
cualquier cuestión relativa a su existencia, validez o terminación- será resuelta mediante
arbitraje DE DERECHO, administrado por la Asociación Europea de Arbitraje de Madrid
(Aeade), de conformidad con su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de
la solicitud de arbitraje. El Tribunal Arbitral que se designe a tal efecto estará compuesto por
un único árbitro experto y el idioma del arbitraje será el (elegir entre:
castellano/catalán/euskera/gallego). La sede del arbitraje será (elegir entre: Madrid/Barcelona).
Y en prueba de cuanto antecede, las Partes suscriben el Contrato, en dos ejemplares y a
un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento

POR EL CLIENTE

Fdo.:

POR EL PROVEEDOR

Fdo.:

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LOGOTIPO DEL CLIENTE

ANEXO
CLÁUSULA PENAL, CONVENIENTE EN CASO DE PODER SER NEGOCIADA

En virtud de la presente cláusula penal que tiene carácter cumulativo y no sustitutivo a los
efectos de lo dispuesto en el artículo 1152 del Código Civil, el CLIENTE podrá aplicar las
siguientes penalizaciones por incumplimiento del acuerdo de nivel de servicio:



(…) [por incidencia crítica]



(…) [por incidencia grave]



(…) [por incidencia leve]



(…) [por inclumiento de los plazos y contenidos fijados en el plan de
entregas]

A los efectos de lo previsto en el artículo 1.153 del Código Civil, el PROVEEDOR no podrá
eximirse del cumplimiento de sus obligaciones pagando la pena. Asimismo, el PROVEEDOR,
además de satisfacer la pena establecida, deberá cumplir las obligaciones cuyo incumplimiento
se penaliza.
Las penalizaciones se detraerán del importe pendiente de pago al PROVEEDOR

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