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Presos y presas de conciencia
El 28 de marzo, 17 activistas juveniles —15
hombres y 2 mujeres— conocidos como los
“17 de Angola” fueron declarados culpables
de “actos preparatorios de rebelión” y
“asociación de malhechores”. Fueron
condenados a penas de entre dos años y tres
meses y ocho años y medio de prisión,
multados con 50.000 kwanzas (unos 300
dólares estadounidenses) en concepto de
costas judiciales y encarcelados. Entre el 20
y el 24 de junio de 2015, las fuerzas de
seguridad habían detenido en la capital,
Luanda, a los 15 activistas varones, que
habían asistido a una reunión para hablar de
asuntos políticos y de cuestiones
relacionadas con la gobernanza del país.
También se habían presentado cargos
formalmente contra las dos mujeres
activistas, pero sólo se las recluyó tras
dictarse sentencia. Inmediatamente después
de las sentencias condenatorias, los
abogados presentaron dos recursos, uno
ante el Tribunal Supremo y el otro ante el
Tribunal Constitucional. También
interpusieron un recurso de hábeas corpus
que se vio ante el Tribunal Supremo el 29 de
junio: el Tribunal ordenó la libertad
condicional de los 17 activistas en espera de
una decisión firme sobre su caso.
El 20 de julio, la Asamblea Nacional
aprobó una ley de amnistía en relación con
delitos cometidos hasta el 11 de noviembre
de 2015 que incluyó el caso de los “17 de
Angola”. Algunos de los 17 afirmaron que, al
no haber cometido delito alguno, no querían
que se les concediera la amnistía. Los 17
eran presos y presas conciencia,
encarcelados y condenados únicamente por
el ejercicio pacífico de sus derechos.
Dos activistas juveniles fueron
sancionados por criticar los procedimientos
durante el juicio. El 8 de marzo, Manuel
Chivonde Nito Alves, uno de los “17 de
Angola”, dijo en voz alta ante el tribunal:
“Este juicio es una farsa”. Fue declarado
culpable de injuria y condenado a seis meses
de prisión y al pago de una multa de 50.000
kwanzas.1 El 5 de julio, el Tribunal
Informe 2016/17 Amnistía Internacional
Constitucional falló en apelación que el juicio
había vulnerado algunos de sus derechos
constitucionales y ordenó su liberación. Otro
activista juvenil, Francisco Mapanda
(también conocido como Dago Nível
Intelecto), pronunció las mismas palabras
ante el tribunal el 28 de marzo. Fue
declarado culpable de desacato al tribunal y
condenado a ocho meses de prisión. Quedó
en libertad el 21 de noviembre, siete días
antes de la fecha prevista.2
Defensores y defensoras de los derechos
humanos
José Marcos Mavungo, defensor de los
derechos humanos y ex preso de conciencia,
quedó en libertad el 20 de mayo tras la vista
de un recurso ante el Tribunal Supremo. El
Tribunal determinó que las pruebas eran
insuficientes para declararlo culpable. Había
sido condenado a seis años de prisión el 14
de septiembre de 2015 por “rebelión”, acto
tipificado como delito contra la seguridad del
Estado. Estaba recluido desde el 14 de
marzo de 2015 por participar en la
organización de una manifestación pacífica.
El 12 de julio, el Tribunal Provincial de
Cabinda desestimó los cargos presentados
contra el defensor de los derechos humanos
y ex preso de conciencia Arão Bula Tempo.
Había sido detenido el 14 de marzo de 2015
y puesto en libertad condicional dos meses
más tarde. Fue acusado de “rebelión” y de
“intento de colaboración con extranjeros para
coaccionar al Estado angoleño”, actos
tipificados como delitos contra la seguridad
del Estado. Los cargos se basaban en
acusaciones de que Arão Bula Tempo había
invitado a periodistas extranjeros a cubrir la
protesta que José Marcos Mavungo planeaba
para el 14 de marzo.
LIBERTAD DE ASOCIACIÓN
Las organizaciones de la sociedad civil
dedicadas a asuntos de derechos humanos,
como OMUNGA y SOS-Habitat, sufrieron
restricciones indebidas para acceder a sus
propios fondos, incluso los procedentes de
fuentes internacionales. Los bancos
impidieron el acceso de las organizaciones a
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