2016 7 25 Borrador reglamento XSP.pdf


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colaborativo que permita la relación fluida entre grupo municipal y la asamblea.
Adoptarán los principios de máxima apertura, participación y transparencia. En este
sentido, se convocarán las reuniones con suficiente antelación, detallándose en la
misma hora, lugar de celebración y orden del día y anunciándose adecuadamente en la
web y las redes sociales de XSP. Asimismo, se levantará acta de las reuniones y se hará
pública mediante los medios telemáticos a disposición. Los grupos utilizarán
obligatoriamente sus plataformas de comunicación para la difusión de actividades. No
obstante, también podrán tener herramientas de comunicación interna o redes sociales
propias siempre y cuando atiendan a las directrices de la comisión de comunicación y
publiquen exclusivamente contenidos de acuerdo a su temática.

b) Miembros
Artículo 31. Cada grupo de trabajo estará integrado por el/la concejal/a responsable del
área temática concreta, los/las delegadas de XSP en los diferentes Consejos de
Administración de empresas municipales del ramo y cuantas personas inscritas en XSP
lo deseen. Gozarán de autonomía plena para nombrar a sus portavoces y establecer su
rotatividad, aunque será la asamblea quien los ratifique.

Capítulo 5. Grupo municipal
Artículo 32. El grupo municipal de XSP estará formado por los concejales y concejalas
electas así como el personal asesor. Su función principal será la de trasladar las
propuestas políticas de la asamblea y la ciudadanía al Ayuntamiento. Deberá rendir
cuentas de su actividad ante la asamblea de XSP tantas veces como ésta lo requiera,
así como en las asambleas populares ciudadanas abiertas que se convoquen.
Artículo 33. Las decisiones cotidianas de carácter urgente o no especialmente
trascendente que deban ser adoptadas en el funcionamiento ordinario del grupo
municipal en el Ayuntamiento, serán tomadas por éste en ejercicio responsable de la
confianza que la asamblea y la ciudadanía han depositado en él, siempre y cuando sean
acordes con el programa electoral, el código ético y las líneas políticas fundamentales de
XSP.
Capítulo 34.

La asamblea, conforme a lo establecido en el artículo 14 de este

reglamento, podrá revocar a cualquier miembro del grupo municipal y solicitar su
dimisión en caso de incumplimiento del código ético de XSP, del programa electoral o de
actitudes debidamente acreditadas que vayan en contra de sus decisiones.