2016 7 25 Borrador reglamento XSP.pdf


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h) El compromiso de renuncia al cargo público, interno de XSP o a cualquier
candidatura a los mismos en caso de ser imputado/a, procesado/ o condenado/a
por faltas y delitos. Se excluyen los casos de imputación o procedimientos por la
desobediencia de las leyes injustas para garantizar el cumplimiento de los
Derechos Humanos.
i) Evitar la contratación pública con empresas en las que el/la cargo público de XSP
o sus familiares puedan tener algún tipo de interés económico.
j) Impulsar el laicismo, promoviendo un sistema democrático fundado en la libertad
de conciencia.
k) Dar información veraz y suficiente cuando le sea requerida.
l) Que en aquellos casos en que XSP no tenga potestad para determinar el salario
de los cargos electos y cargos eventuales designados, la diferencia entre el
salario percibido y el tope salarial será abonado a proyectos sociales de ámbito
local.
m) Someterse al proceso revocatorio, ante una mala actuación en el desempeño de
sus labores representativas y asumir el resultado del referéndum o consulta al
efecto realizada y en caso de que el resultado lo exija, dimitir o renunciar al cargo
o puesto.
XII.

XSP rechaza explícitamente el clientelismo y el enchufismo que ha proliferado en la
política en los últimos tiempos, y en particular en torno al abuso de las figuras de los/as
cargos de confianza en los gobiernos y las administraciones públicas.

Este código ético es de obligado cumplimiento para tanto quienes han resultado electos/as como
cargo público como todas las personas titulares de cargos políticos (personal eventual)
designados por XSP en cualquier órgano de las administraciones públicas o cualquiera de sus
entes instrumentales, personal contratado para cargos de confianza y de apoyo, así como todas
las personas que formen parte de XSP.