Revista Ambiente Siglo XXI. N° 16.Agosto 2008.pdf


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Volumen 2,



16.

Ambiente

Siglo

Página 10

XXI

Comercio ilegal de mascotas. Parte I.

¿Cuál es el precio que se paga realmente cuando
se comercia con especies silvestres?

Lic en Biología Rita Perez

La diversidad biológica es una fuente importante de beneficios económicos y culturales,
que constituyen la base del desarrollo sostenible. Cualquier factor que cause una disminución en las poblaciones de especies silvestres puede considerarse una amenaza para
la biodiversidad

. Según asegura Marcelo Beccaceci en su
libro “Soldados de Noe”: la desaparición de especies de fauna y flora silvestre es quizá uno de los
problemas ambientales más dramáticos del momento. Con el actual ritmo de extinción, el ser
humano ha logrado multiplicar por 1000 la que
sufrieran los dinosaurios 65 millones de años
atrás.
No sólo la destrucción o deterioro del hábitat atentan contra la supervivencia de muchos
seres vivos. Para una gran diversidad de animales
el peligro provocado por la caza desmedida, ya sea
para el comercio ilegal de mascotas o por ser consideradas “plagas”, es un riesgo aún mayor que
está llevando a muchas especies a la extinción en
el mundo entero.
El tráfico ilegal de fauna es el comercio de
especies cuya venta está prohibida o regulada severamente. Generalmente los principales países
proveedores son aquellos que se encuentran en
vías de desarrollo, ya que aquí las legislaciones

vigentes relacionadas con la preservación de especies naturales suelen ser
escasas o inexistentes, permitiéndoles a
quienes comercian evadir fácilmente los
controles, y poder exportar de cientos a
miles de ejemplares, de los cuales
quizás sólo unos pocos lleguen a los
países de destino, y aquellos que logren
sobrevivir a los largos viajes llegarán en
paupérrimas condiciones sanitarias.
Tampoco podemos dejar de mencionar
que animales introducidos en nuevos
ambientes pueden ser fuente de contagio de enfermedades para las especies
nativas, o competir con estas por espacio o alimento, convirtiéndose así en
especies invasoras dentro de los nuevos
territorios.
La Convención Internacional sobre el
Tráfico de Especies Amenazadas de
Fauna y Flora Silvestre (CITES), fue firmada en
Washington en 1973 por 120 países, entre los que
se encuentra la República Argentina. El objetivo
principal es ejercer un control del comercio de las
diferentes especies de plantas y animales, para
asegurar la supervivencia de las mismas. CITES
posee su sede en Suiza y cada 2 años los países
miembros se reúnen para re-evaluar el estado de
las especies que figuran en su lista de protección
mundial. Sin embargo, y pese a ser miembro de
este importante comité, en nuestro país la legislación y los controles no se aplican de manera efectiva. Muchas leyes que regulan o prohíben la caza
de animales han sido formuladas hace ya muchos
años, con insuficientes estudios previos que fundamenten su legislación. Basta recorrer pajarerías
y “pet shop” de veterinarias o forrajes en cualquier
ciudad para descubrir que se trafica de manera
obvia, falsificando documentos oficiales o comercializando especies prohibidas sin ningún tipo de
impedimento legal.

“POR UNA CIUDAD CON CRECIMIENTO SOSTENIDO…
Y DESARROLLO SUSTENTABLE”