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Decretos periodo 8-8/2015

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POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE

Y CONSIDERANDO:
Que es deber de este Departamento Ejecutivo considerar
dicha situación y proceder a la devolución del pago realizado
de más.-

DECRETA
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

Articulo: 1º
CELÉBRESE el contrato de locación de servicios entre la
Municipalidad de La Cumbre por un lado y por el otro y el
Sr. JUAN ANTONIO CLAVERO, en cuyas cláusulas se
expresa el destino del mismo.Articulo: 2º
COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a las oficinas
correspondientes, a la oficina de contaduría al Registro
Municipal y ARCHÍVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS
VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL QUINCE

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
DEVUÉLVASE al Sr. Ruben Oscar OCHOA la suma de
pesos dos mil novecientos ochenta y nueve con dieciseis
centavos ($ 2989,16=) correspondiente a lo abonado por
error en las cuotas de la 7º a la 12º de 2012; de la 1º a la 12º
de 2013; de la 1º a la 9º y cuota 11º del 2014 y de la 1º a la
4º de 2015 del Servicio de Agua Potable de la cuenta Nº
1083001 perteneciente a otro contribuyente; con Recibos
Nº 125834-670 del 04/06/15, 127390-682 del 07/07/15 y
Nº 127628-918 del 10/07/15 en Tesorería de esta
Municipalidad.Articulo: 2º

DECRETO Nº 1093 / 2015
VISTO:
La realización del Rally de la Montaña 2015, 10º Edición, a
desarrollarse en nuestra Localidad del 28 al 30 de Agosto de
2015
Y CONSIDERANDO:
QUE este evento de relevancia cuenta con el auspicio del
ACA y de FIA entre otros.

COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a la oficina del
centro de cómputos, a la oficina de contaduría al Registro
Municipal y ARCHÍVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS
VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL QUINCE

DECRETO Nº 1095 / 2015
VISTO:

QUE es menester del Departamento Ejecutivo
Municipal destacar este Rally.

La necesidad de afrontar el cumplimiento del pago de haberes
correspondientes al personal municipal.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

Y CONSIDERANDO:
Que las partidas ordinarias destinadas al efecto del pago de
dichas erogaciones resultan insuficientes para abonar la
integralidad de la masa económica que representa el pago del
corriente, resultando necesaria la provisión de una suma de
pesos cuarenta y siete mil quinientos ($ 47.500) con los
cuales se podrá completar la erogación correspondiente a
sueldos.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
DECLÁRESE de INTERES MUNICIPAL, la realización
del Rally de la Montaña 2015, 10º Edición, a desarrollarse
en nuestra Localidad del 28 al 30 de Agosto de 2015.Articulo: 2º
AUSPÍCIESE a través de la Secretaria de Turismo y
Deportes.Articulo: 3º
Comuníquese, Publíquese, dese copia a los interesados, al
Registro Municipal y Archívese.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS
VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL QUINCE

DECRETO Nº 1094 / 2015
VISTO:
Que el Sr. Ruben Oscar OCHOA abonó por error las cuotas
de la 7º a la 12º de 2012; de la 1º a la 12º de 2013; de la 1º a
la 9º y cuota 11º del 2014 y de la 1º a la 4º de 2015 del
S e r v i c i o d e Agua P o t a b l e d e l a c ue nt a N º 1 0 8 3 0 0 1
perteneciente a otro contribuyente; con Recibos Nº 125834670 del 04/06/15, 127390-682 del 07/07/15 y Nº 127628918 del 10/07/15 en Tesorería de esta Municipalidad.-

Que la cuenta Municipal Nro. 03420040005302 Registra un
saldo suficiente para afrontar la suma faltante especificada.
Que si bien dichas sumas de dinero se encuentran reservadas
para la ejecución de obras públicas, a la fecha no se encuentra
aprobada obra alguna que determine la imputación definitiva
de las mismas, no encontrándose prohibido el uso temporario
de dichos fondos, conforme expresamente lo dispone la
Ordenanza Nro. 16/014.Que en consecuencia y dando cumplimiento al deber de
administrar eficientemente los recursos municipales resulta
oportuno disponer el uso transitorio de dichos fondos con el
solo fin especificado los que deberán ser reintegrados en
fecha específica, evitando apelar al endeudamiento municipal
y garantizando que dichos fondos serán reintegrados para su
fin en el plazo de tiempo establecido, con recursos originarios
del Municipio, optimizando la utilización de los recursos,
honrando las obligaciones para con los trabajadores y
evitando los mayores costos de un eventual endeudamiento.-