LEY ORGANICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES.pdf


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Género e Igualdad en el Trabajo Social.
Políticas Sociales e Igualdad.
Francisco José Vidal mazo
Fecha de Emisión: Enero 2015

5.- Titulo 1 El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
En que artículos se plantea las desigualdades derivadas de la maternidad haz un
cometario sobre los mismos.
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Art. 3. “El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la
ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y,
especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones
familiares y el estado civil”.

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Art. 8. “Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato
desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad”.

El género ha supuesto una mayor desventaja para las mujeres. Por ello, tras declarar el
principio de igualdad de trato en términos generales, la norma se centra en una de las
principales causas de discriminación de éstas: el rol que socialmente se ha asignado a la
mujer, que la vincula casi de forma preferente con la maternidad y la familia. Por ello,
identifica como supuesto específico de discriminación el trato desfavorable a las mujeres
relacionado con la maternidad, no solo porque ésta les afecta a ellas más directamente, sino
porque se quiere visualizar expresamente una situación que se produce con excesiva
frecuencia en la práctica que, siendo discriminatoria de por sí sin necesidad de que se afirme
en la ley, se considera necesario aflorar para poner el acento en su erradicación. En todo caso,
la importancia de esta afirmación reside en que produciéndose ese trato desfavorable a la
maternidad se califica de discriminación, sin necesidad de probarlo.

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