HOMICIDIO POR FEROCIDAD RESPONSABILIDAD PENAL CAPACIDAD DE CULPABILIDAD Y LA AFECTACIÓN DE LA GARANTÍA.pdf


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enfermedades
absoluta(...).11

mentales

cuyo

sólo

diagnóstico

acarrea

inimputabilidad

- No existen enfermedades cuyo solo diagnóstico acarree inimputabilidad;
tampoco trastornos mentales o conductuales, puesto que, la inimputabilidad no es
consecuencia del diagnóstico de una enfermedad, trastorno o anomalía psíquica;
sino, de las consecuencias de éstas sobre la capacidad de conocimiento o de
motivación de la norma, sobre la persona que las padece12.
- La inimputabilidad no se puede constatar en abstracto en razón de un
determinado diagnóstico, sino en atención al hecho concreto. Ni siquiera los
trastornos psíquicos patológicos deben excluir la capacidad de culpabilidad o
imputabilidad respecto de cualquier conducta. La misma persona puede ser
inimputable en determinados momentos respecto de determinados hechos, y sin
embargo no serlo en otros momentos respecto de otros hechos13.
- Las enfermedades mentales, no son constantes en su sintomatología, son por el
contrario cíclicas, lo que quiere decir que si alguien sufre de esquizofrenia
catatónica, no siempre estará en incapacidad de distinguir la fantasía de la
realidad, (síntoma típico de las esquizofrenias). Tendrá sus intervalos de lucidez
en los cuales, podría realizar una conducta típica y culpable, con conocimiento de
la ilicitud y sin afectación de su capacidad de motivación por la norma jurídico
penal; siendo como consecuencia de ello, perfectamente responsable penalmente
por dicha conducta14.
- Por su parte, Rojas, F. (2001), hace una distinción entre anomalía psíquica y los
trastornos de la personalidad: "para distinguir un trastorno de la personalidad de
una anomalía psíquica o mental, se debe considerar que en el primer caso se está
frente a una desviación de los parámetros promedio de comportamiento, donde se
afecta uno o varios componentes de la estructura de la personalidad (instintos,
emociones, sentimientos, motivaciones, voluntad, reacciones, actitudes,
temperamento, etc.) que no comprometen decididamente las funciones mentales;
en cambio en las anomalías psíquicas, ya sea que éstas tengan su base en
lesiones o deterioros neuronales, o en etiología distinta, se hallan seriamente
comprometidas funciones mentales, tales como: inteligencia, pensamiento,
memoria, atención, juicio, etc., que hacen del individuo un ser mentalmente
enfermo, y en muchos de los casos un inimputable.
11

Villa, J. (2001). Cit., págs. 399 y ss.
Pinillos, A. (2006). Criminología para qué. Trujillo: Librería Jurídica, pág. 432.
13
Roxin, C. (1997) Cit., pág. 825.
14
Pinillos, A. (2006) Cit., pág. 433.
12