ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf

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VI. Las demás que le sean señaladas por la Presidencia del CEN y el presente
Estatuto.
Artículo 150.- Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Estudios Técnicos y
Administrativos las siguientes:
I. Proponer al CEN la realización de estudios y análisis de carácter técnico y
administrativo sobre las obligaciones y tareas que tiene el Sindicato con sus
afiliados, los cuales, por su materia y trascendencia, coadyuven a mejorar
sustancialmente sus Condiciones Generales Trabajo, que contribuyan a la
estabilidad laboral y el disfrute de los beneficios de la seguridad social de los
trabajadores y sus derechohabientes, así como que procuren la reivindicación
social y bienestar de los afiliados.
II. Opinar acerca de la normatividad que rige las relaciones laborales de los
afiliados con la Secretaría de Salud y proponer medidas que permitan su
mejoramiento.
III. Establecer conjuntamente con las diversas áreas del CEN involucradas, un
Centro de Documentación en materia laboral.
IV. Atender las peticiones de las diversas instancias del CEN en materia de
estudios técnicos y administrativos para el mejoramiento de las condiciones
laborales de los afiliados.
V. Las demás que le sean señaladas por la Presidencia del CEN y el presente
Estatuto.
Artículo 151.- Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Adultos Mayores, las
siguientes:
I. Impulsar la organización de los afiliados que sean adultos mayores en las
Secciones sindicales.
II. Promover entre los mismos, el conocimiento y estudio de las disposiciones
legales que rigen a los servidores públicos, así como la normatividad sindical y
los beneficios y ventajas que pueden tener en esta etapa de su vida derivados de
sus derechos sindicales y laborales.
III. Promover la participación activa de los adultos mayores afiliados en las
actividades sociales, culturales, deportivas, cívicas y políticas sindicales.
IV. Impulsar, ante las autoridades de la Secretaría de Salud, en este último caso
con la participación de las Secciones Sindicales, acciones precisas que procuren
la integración, participación, presencia y bienestar social de los adultos mayores
afiliados.
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