ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf

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Quinto.- El Comité Ejecutivo Nacional y los Órganos Nacionales Autónomos electos por
el XX Congreso Nacional Ordinario, ejercerán sus funciones, en su primer período, a
partir del 27 de noviembre de 2013 al primer cuatrimestre del año 2017.
Sexto.- En el primer cuatrismestre del año 2017 se deberá realizar el XXI Congreso
Nacional Ordinario en términos de lo establecido en el artículo 78 bis del presente
Estatuto.
Séptimo.- El Presidente del CEN electo por el XX Congreso Nacional Ordinario durará
en su encargo un período de dos trienios, que iniciarán el 27 de noviembre de 2013 y
culminarán en el primer cuatrimestre del año 2020.
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