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completos o dos anuales o setentidós (72) créditos; y
c) Los dos primeros alumnos de los centros educativos de nivel secundario, respecta las Universidades de la
región.
En los casos a) y b) los postulantes se sujetan a una evaluación individual, a la convalidación de los estudios
realizados en atención a la correspondencia de los silla bus, a la existencia de vacantes y a los demás
requisitos que establece cada Universidad.
Las Universidades procurarán celebrar acuerdo con centros educativos del nivel superior para la
determinación de la correspondencia de los silla bus.
ARTICULO 57°- son deberes de los estudiantes:
a) Cumplir con ésta Ley con el Estatuto de a Universidad y dedicarse con esfuerzo y responsabilidad a su
formación humana, académica y profesional.
b) Respetar los derechos de los miembros de la Comunidad universitaria,
c) Contribuir al prestigio de la Universidad y a la realización de sus fines.
ARTICULO 58°- de conformidad con el Estatuto de la Universidad los estudiantes tiene derecho a :
a) Recibir una formación académica y profesional en una área determinada libremente escogida, sobre la
base de una cultura general;
b) Expresar libremente sus ideas y no ser sancionadas por causa de ellas;
c) Participar en el gobierno de la Universidad;
d) Asociarse libremente de acuerdo con la Constitución y la Ley para fines relacionados con los de la
Universidad;
e) Utilizar los servicios académicos y de bienestar y de asistencia que ofrece la Universidad, así como los
demás beneficios que establece la Ley en su favor.
f) Aprobar las materias correspondientes al período lectivo, caso contrario perderán la gratuidad de la
enseñanza,
g) Quienes al término de su formación académica decidan matricularse en otra especialidad, no gozarán de
la gratuidad de la enseñanza.
h) El número mínimo de créditos por semestre para mantener la condición de estudiantes regular, no deberá
ser menor de un décimo de su carrera por año; de no aprobar los cursos en ésta proporción, será
amonestado por el Decano de la Facultad, si al semestre siguiente no supera ésta situación será suspendido
por un semestre, si su reincorporación sigue sin aprobar los cursos en proporción establecida en el presente
inciso, será separado definitivamente de la Universidad.
i) Los alumnos que no concluyan sus estudios dentro de los plazos establecidos por la autoridad universitaria
para cada especialidad, perderán la gratuidad y los beneficios de los programas de bienestar.
j) Si el estudiante no pudiera continuar sus estudios durante uno o varios semestres por razones de trabajo o
de otra naturaleza, podrá solicitar licencia a la Universidad por dichos períodos.
k) Los alumnos que promuevan, participan o colaboren en la comisión de actos de violencia, que ocasionen
daños personales y/o materiales que alteren el normal desarrollo de las actividades académicas,
estudiantiles y administrativas serán separadas de la Universidad sin perjuicio de las acciones penales a que
haya lugar.
l) Quienes utilicen los ambientes e instalaciones de la Universidad con fines distintos a los de la enseñanza,
administración, bienestar universitario, serán expulsados de la Universidad y puestos a disposición de la
autoridad correspondiente.
