RESUMEN Derecho Penal I [Programa 2014].pdf

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Lección N° 3. Evolución histórica de las ideas penales
surge del hecho de vivir en sociedad, la cual debe defenderse como organismo,
imponiendo medidas de seguridad que reemplazan a las penas.
El fundamento de la intensidad de la pena n la gravedad de la conducta delictiva, es
sustituido por el criterio subjetivo de la peligrosidad del sujeto, quien puede ser
neutralizado mediante la aplicación de medidas o sanciones.
En suma, el delito como ente jurídico deja de ser centro de atención del derecho
penal, cuyo protagonista principal y objeto de estudio pasa a ser el delincuente.
Las investigaciones del médico de prisiones CESARE LOMBROSO, en base al método
de observación y experimentación, lo llevan a exponer en su obra El hombre
delincuente (1876), una concepción denominada Antropología criminal, fundada en
el estudio orgánico y sicológico de los seres humanos, según la cual existe una
categoría, los delincuentes natos, que nacen tales y fatalmente (tarde o temprano)
acabarán delinquiendo, cuando la sociedad les de las condiciones necesarias. Tal
particular especie del género humano es reconocible exterior y corporalmente por
ciertas desviaciones de la forma del cráneo, en el cerebro y otras partes del cuerpo.
El biologismo organicista de LOMBROSO desemboca en la Sociología criminal de
ENRIQUE FERRI, jurista para quien el delito tenía como causas, factores individuales
(orgánicos y síquicos), físicos (ambiente telúrico) y sociales (familia, sociedad,
educación), que determinaban al delincuente a cometerlo. Este era un sujeto anormal
por sus condiciones congénitas o adquiridas, permanentes o transitorias, morfológicas,
biopsíquicas y sociales. FERRI clasificó a los delincuentes (apoyado en un criterio
genético) en cinco categorías: natos, locos, habituales, ocasionales y pasionales.
RAFAEL GARÓFALO aportó el concepto de peligrosidad del delincuente y su
pronóstico como futuro autor de delitos, que exigían que fuera neutralizado con
medidas que importaban la vulneración de sus derechos, aunque no hubiera cometido
ningún hecho tipificado como delito por la ley, dando lugar a estado peligroso sin
delito.
Si bien tuvo gran importancia en el pensamiento de la segunda mitad del siglo XIX y
primeras décadas del siglo XX, el éxito legislativo del positivismo criminológico fue
mínimo, dado que no logró imponer el estado peligroso predelictual, rechazado por los
defensores de un sistema de derecho penal liberal.
3.2. LA ESCUELA DE LA POLÍTICA CRIMINAL
Nace para armonizar los postulados de extremos de las otras dos escuelas,
proponiendo modificar las legislaciones vigentes, llevando a la práctica elementos
aprovechables de ambas escuelas anteriores. Los principales exponentes fueron VON
LISZT, PRINS y VAN HAMMEL, CARNEVALE y ALIMENA.
VON LISZT, en consonancia con las categorías de delincuente de FERRI, postuló en
su famoso “Programa de Marburgo” la vinculación de aquellas categorías con la
finalidad preventivo especial de la pena, la cual debía servir para:
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Corrección del delincuente capaz de corregirse.
Intimidación del delincuente que no necesita corrección.
