1965 12 07, Concilium Vaticanum II, Constitutiones Decretaque Omnia, ES (1).pdf

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15. Es patente, pues, que los hombres de nuestro tiempo desean poder profesar
libremente la religión en privado y en público; y aún más, que la libertad religiosa se declara
como derecho civil en muchas Constituciones y se reconoce solemnemente en documentos
internacionales.
Pero no faltan regímenes en los que si bien su Constitución reconoce la libertad de
culto religiosa, sin embargo, las mismas autoridades públicas se empeñan en apartar a los
ciudadanos de profesar la religión y en hacer extremadamente difícil e insegura la vida de las
comunidades religiosas.
Saludando con alegría los venturosos signos de este tiempo, pero denunciando con
dolor estos hechos deplorables, el Sagrado Concilio exhorta a los católicos y ruega a todos
los hombres que consideren atentamente cuán necesaria es la libertad religiosa, sobre todo en
las presentes condiciones de la familia humana.
Es evidente que todas las gentes tienden de día en día hacia la unidad, que los
hombres de diversa cultura y religión se ligan con lazos cada vez más estrechos y aumenta la
conciencia de la responsabilidad propia de cada uno. Por consiguiente, para que establezcan y
consoliden las relaciones pacíficas y la concordia en el género humano se requiere que en
todas las partes del mundo la libertad religiosa sea protegida por una eficaz tutela jurídica y
que se respeten los supremos deberes y derechos de los hombres para desarrollar libremente
la vida religiosa dentro de la sociedad.
Quiera Dios, Padre de todos, que la familia humana, mediante la diligente
observancia de la libertad religiosa en la sociedad, por la gracia de Cristo y el poder del
Espíritu Santo, llegue a la sublime e indefectible " libertad de la gloria de los hijos de Dios " (
Rom., 8, 21 ).
Todas y cada una de las cosas contenidas en esta Declaración han obtenido el
beneplácito de los Padres del sacrosanto Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostólica
recibida de Cristo, juntamente con los Venerables Padres, las aprobamos, decretamos y
establecemos en el Espíritu Santo, y mandamos que lo así decidido conciliarmente sea
promulgado para la gloria de Dios.
Roma, en San Pedro, 7 de diciembre de 1965.
Yo, Pablo, Obispo de la Iglesia católica.
CONSTITUCIÓN DOGMÁTICA
"Dei Verbum"
Sobre la divina revelación
