1965 12 07, Concilium Vaticanum II, Constitutiones Decretaque Omnia, ES (1).pdf


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En el desempeño del deber del magisterio, es propio de los párrocos: predicar la
palabra de Dios a todos los fieles, para que éstos, fundados en la fe, en la esperanza y en la
caridad, crezcan en Cristo y la comunidad cristiana pueda dar el testimonio de caridad, que
recomendó el Señor; igualmente, el comunicar a los fieles por la instrucción catequética el
conocimiento pleno del misterio de la salvación, conforme a la edad de cada uno. Para dar
esta instrucción, busque no sólo la ayuda de los religiosos, sino también la cooperación de los
seglares, erigiendo también la Cofradía de la Doctrina Cristiana.
En llevar a cabo la obra de la santificación procuren los párrocos que la celebración
del sacrificio eucarístico sea el centro y la cumbre de toda la vida de la comunidad cristiana,
y procuren, además, que los fieles se nutran del alimento espiritual por la recepción frecuente
de los sacramentos y por la participación consciente y activa en la liturgia. No olviden
tampoco los párrocos que el sacramento de la penitencia, ayuda muchísimo para robustecer la
vida cristiana, por lo cual han de estar siempre dispuestos a oír las confesiones de los fieles
llamando también, si es preciso, otros sacerdotes que conozcan varias lenguas.
El cumplimiento de su deber pastoral procuren, ante todo, los párrocos conocer su
propio rebaño. Pero siendo servidores de todas las ovejas, incrementen la vida cristiana, tanto
en cada uno en particular como en las familias y en las asociaciones, sobre todo en las
dedicadas al apostolado, y en toda la comunidad parroquial. visiten, pues, las casas y las
escuelas, según les exija su deber pastoral; atiendan cuidadosamente a los adolescentes y a
los jóvenes; desplieguen la caridad paterna para con los pobres y los enfermos; tengan,
finalmente, un cuidado especial con los obreros y esfuércense en conseguir que todos los
fieles ayuden en las obras de apostolado.
Los vicarios parroquiales, como cooperadores del párroco, prestan diariamente un
trabajo importante y activo en el ministerio parroquial, bajo la autoridad del párroco. Por lo
cual, entre el párroco y sus vicarios ha de haber comunicación fraterna, caridad mutua y
constante respeto; ayúdense mutuamente con consejos, ayudas y ejemplos, atendiendo a su
deber parroquial con voluntad concorde y común esfuerzo.
Nombramiento, traslado, separación y renuncia de los párrocos
31.
31. Tengan en cuenta el obispo, cuando trate de formarse el juicio sobre la idoneidad
de un sacerdote para el régimen de alguna parroquia, no sólo su doctrina, sino también la
piedad, el celo apostólico y demás dotes y cualidades que se requieren para cumplir
debidamente con el cuidado de las almas.
Siendo, además, la razón del ministerio pastoral, el bien de las almas, con el fin de
que el obispo pueda proveer las parroquias más fácil y más convenientemente, suprímanse,
salvo el derecho de los religiosos, cualquier derecho de presentación, de nombramiento o de
reserva, y donde exista, la ley del concurso sea general o particular.
Pero cada párroco ha de tener en su parroquia la estabilidad que exija el bien de las
almas. Por tanto, abrogada la distinción entre párrocos movibles e inamovibles, hay que
revisar y simplificar el proceso en el traslado y separación de los párrocos, para que el
obispo, salva siempre la equidad natural y canónica, pueda proveer mejor a las exigencias del
bien de las almas.