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Unidad I: Introducción. El problema del conocimiento sociológico
MAX WEBER
La sociología de la comprensión y la explicación causal
Max Weber (1864-1920), es sin duda el sociólogo más influyente del siglo XX. Es el representante
mas enciclopédico de la sociología del siglo XX, a pesar de que su producción científica se
concentra sólo en sus dos primeras décadas. Llama la atención la vastedad de su obra, con
profusión de trabajos en múltiples aéreas.
No fue un teórico general de la sociología, aunque sus vastos conocimientos se lo hubieran
permitido. Le interesaba establecer tesis referidas a aspectos sociológicos concretos, consciente
de la importancia que en la sociología tienen el cambio y la probabilidad, concepto éste
omnipresente en toda su producción científica. Sólo al final de su vida se atrevió a elaborar una
concepción teórica y general.
La sociología del derecho es uno de los temas principales y recurrentes del autor, además de
aplicar conceptos jurídicos, como la teoría de la causalidad penal, a otros saberes y a su
metodología social.
Racionalidad y probabilismo
El concepto de racionalidad weberiano nada tiene que ver con la racionalidad ilustrada u utópica;
no se trata de la razón de ser de las cosas ni de su razón ideal, la que señala cómo deben ser;
tampoco se identifica con la racionalidad histórica y progresiva tal como lo entendían los
sociólogos de su tiempo, como Comte y Spencer.
La racionalidad de Weber representa la racionalidad práctica de la organización y del buen
funcionamiento en un sentido externo, la adecuación de los medios a los fines. Esta racionalidad,
que alcanza su punto culminante en la civilización occidental, es lo que distingue a ésta de otras
civilizaciones.
El problema del estudio de la racionalidad weberiana reside en que no ofrece su obra un solo
concepto de racionalidad. Kalberg encuentra cuatro formas de racionalidad en Weber:
1. La racionalidad teórica: que tiene por objeto el conocimiento de la realidad social.
2. La racionalidad práctica: que interpreta la realidad social en función de los intereses de los
actores.
3. La racionalidad sustantiva: que lo hace a su vez en atención a pautas de valores.
4. La racionalidad formal: que tiene en cuenta la sujeción de las acciones a reglas y
procedimientos previos de aplicación generalizada.
Las tres últimas clases de racionalidad tienen en cuenta la relación medios/fines en la orientación
de los actores, pero difieren en los principios de actuación (intereses particulares, valores, reglas
previas).
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Ramón Soriano
