TS Social 03 03 2014.pdf


Vista previa del archivo PDF ts-social-03-03-2014.pdf


Página 1...5 6 78925

Vista previa de texto


pretensión de GI, argumentándose que la ayuda de tercera persona "no es necesaria
que se requiera permanentemente a lo largo de todo el día; así como que basta que
afecte a un solo acto calificable como de vital"; que "el que hasta fechas muy recientes
haya desempeñado una actividad por cuenta ajena, incluso sin estar inserta en una
previa situación de incapacidad temporal, no solo no es un demérito a los efectos que
ahora nos ocupan, sino que, en cualquier caso, ello resultaría contradictorio con la
propia declaración de incapacidad permanente absoluta, es decir el reconocimiento por
parte del INSS de que no puede desempeñar profesión u oficio alguno"; que "Tampoco
es imprescindible demostrar en el juicio, la necesidad de una tercera persona para
realizar los actos esenciales de su vida diaria, si la situación de partida no admite
dudas desde una perspectiva objetiva, como ocurre en este supuesto"; que "El que se
haya adaptado mejor o peor a su diplopía, no puede tener la trascendencia que se
propugna, ya que lo decisivo es su nula agudeza visual. Es decir, una persona ciega
podrá adaptarse de forma favorable a su situación y a diferencia de otras, pero eso no
impide que esa sea su real situación"; y que "Finalmente, el que no conste que no
asistiera acompañada por otra persona a un examen hospitalario en diciembre de
2011, o cuando fue examinada por la Médica Inspectora en el mes de enero del pasado
año; no demuestra más que eso, de tal manera que efectivamente pudo ser
acompañada o no. En cualquier caso, no es requisito obligatorio para esos facultativos
que figure tal evento en sus respectivos informes".
3.- En la sentencia invocada como contradictoria (STSJ/País Vasco 7-junio-2005
-rollo 365/2005) por la Entidad Gestora recurrente, se denegó la declaración de GI por
agravación a un beneficiario de IPA que "trabaja desde el 18-12-1989 en la ONCE
como vendedor", que con posterioridad a tal declaración padecía "Agudeza visual
inferior a 0,01 en cada ojo, además de una importante reducción de sus campos
visuales, quedando sólo algún islote aislado de visión" y respecto al que figuraba en los
hechos declarados probados que "vive solo y realiza los desplazamientos también solo.
Para comer se encuentra con su compañera sentimental y también acude al domicilio
de su madre. La limpieza de la casa y la comida se la prepara su hermana, que acude
al domicilio del actor a tal fin. El actor encuentra dificultad para desplazarse por la calle,
pero sigue efectuando su trabajo. También suele acompañarle en los desplazamientos