Reglamento de edificación año 76.pdf


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La pestaña 0,04 x 0,295 m que tiene por objeto encarpetar la hoja en el expediente, irá en
todas las láminas.
b)- Las láminas podrán ser de cualquier tamaño pero una vez plegadas deberán tener 0,185
x 0,295m. El procedimiento a seguir para al plegado será el indicado en el esquema
correspondiente, de modo que quede siempre al frente la "carátula" de la lámina.
c)- En el total de la carátula o en parte de ella, deberán ponerse los datos siguientes y en el
orden indicado:
Nombre del edificio o designación de la obra
Nombre del propietario
Calle ..............................................Nº........
Plano de ubicación del terreno dentro de la manzana indicando: nomenclatura parcelaria
(sección, manzana, gráfico), número de catastro, medidas de la manzana, del centro de la
manzana si lo hubiera, del terreno de los arranques y de los anchos de calles. Número de
Partida del Impuesto Inmobiliario.
En el terreno se indicarán los ángulos. Escala 1:1000
Superficie cubierta.
Firma del propietario y domicilio.
Firma y sello del proyectista, número de matricula y domicilio.
Firma y sello del director de obra, número de matricula y domicilio.
Firma y sello del calculista, número de matricula y domicilio.
Firma y sello del constructor, número de matricula y domicilio.
ARTICULO 9º: FIRMA DE PLANOS: En el texto de la solicitud de permiso de construcción y
en los planos se indicarán los nombres siguientes: propietario, proyectista, director de obra,
calculista, constructor.
ARTICULO 10º: APROBACION DE PLANOS: Siempre que los planos y planillas estén
conformes a las ordenanzas y al reglamento de edificación, la oficina correspondiente, les
prestará su aprobación y hará la liquidación de los derechos correspondientes en el plazo
máximo de quince (15) días. La liquidación se enviará a Receptoria, donde los derechos
deberán abonase dentro del término de treinta (30) días.
Una vez pagados los derechos, la oficina técnica correspondiente, entregará al Constructor y
a falta de éste al propietario, dos juegos de planos y planillas aprobados, quedando el
original para el archivo, una copia para catastro y una para Valuación Provincial. Igualmente
serán entregados los juegos extras de planos si se hubieran presentado.
ARTICULO 11º: DESISTIMIENTO DE OBRA: Vencido el plazo indicado sin que se hubieran
pagado los derechos, se darán por desistido el propósito de ejecutar la obra y se procederá a