Reglamento de edificación año 76.pdf


Vista previa del archivo PDF reglamento-de-edificaci-n-ano-76.pdf


Página 1 23439

Vista previa de texto


CAPITULO I
DE LOS TRÁMITES
ARTICULO 1º: SOLICITUDES: Toda persona que haya de construir edificios nuevos, realizar
refacciones, ampliar o modificar lo ya construido, deberá presentar "ficha de construcción y
uso", en la cual se declararán las obras a efectuar, a través del legajo correspondiente. Se
deberán consignar datos referentes a: Arranque, dimensiones y calle. El número oficial lo
proporcionará la oficina correspondiente. La ficha deberá ser aprobada por las secciones
Catastro, Padrones y Tasas y Arquitectura.
ARTICULO 2º: LINEA Y NIVEL: La Comuna dará por escrito, dentro de los quince (15) días
de solicitado, la línea y el nivel para las obras que se realicen dentro de la jurisdicción.
ARTICULO 3º: TRABAJOS QUE NO REQUIEREN PERMISO: No estarán obligados a
solicitar permiso los que practiquen refacciones de muy poca importancia, como ser: pintura
en general, reparaciones de: carpintería, herrería, revoques y vidriería, siempre que no
afecten o modifiquen los materiales y proporciones de la fachada y la distribución y estructura
-incluso los dinteles- del edificio en general.
ARTICULO 4°: SE DEBERAN PRESENTAR LOS SIGUIENTES PLANOS: De los planos se
presentará un original en poliéster y cuatro copias, como mínimo para uso de las oficinas
públicas. Si el interesado lo deseare podrá agregar más copias de los planos y planillas
acompañando el sellado correspondiente. Las planillas se confeccionarán según las
directivas de la oficina técnica correspondiente. Esta podrá eximir de la presentación de las
planillas y de las copias de planos, cuando se trate de refecciones de poca importancia. Se
deberán presentar los siguientes planos:
a) Planta de cada piso con indicaciones de las medidas de ambientes, patios y muros. Esc.
1:100.
b) Las secciones necesarias para dar una idea exacta de la construcción. Esc. 1:100.
c) La fachada o fachadas, si tuviera varias y verjas si las hubiera. Esc. 1:50
d) Planos y planillas de estructuras resistentes, incluyendo fundaciones, cargas en las
medianeras existentes, etc. Esc. 1:100.
e) Plano donde se indique la provisión de agua y las obras de Salubridad, conforme al
Capitulo XIII de esta Sección. Esc. 1:100.
La oficina técnica correspondiente, podrá exigir las presentaciones de otros planos
para la mejor comprensión del proyecto.

adplus-dvertising