ESTATUTOS 3 OCT 2006.pdf

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III.
Desempeñar las comisiones que les asigne el Consejo Directivo e informar de su gestión.
IV.
Integrar el Comité de Apelación y Arbitraje de FEMADAC.
Artículo 56.
Son funciones del Representante Internacional:
I.
Cumplir las obligaciones generales y particulares que le correspondan en su carácter de
miembro del Consejo Directivo de FEMADAC.
II.
Asistir a las juntas del Consejo Directivo con voz y voto, únicamente en los asuntos
internacionales de su competencia.
III.
Coordinar conjuntamente con FEMADAC y la Comisión Nacional que corresponda todos
los eventos internacionales de automovilismo que se lleven a cabo dentro del territorio
nacional.
IV.
Desempeñar las comisiones que les asigne el Consejo Directivo e informar de su gestión.
CAPITULO XIII
De los Apoyos y Reconocimientos
Artículo 57.
Todas las personas físicas y morales afiliadas a FEMADAC tienen derecho a recibir apoyos y
reconocimientos de acuerdo con las disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte y
la normatividad aplicable que de ella deriva.
Artículo 58.
Los apoyos y reconocimientos en el ámbito del automovilismo que FEMADAC otorga a las
Comisiones Nacionales y a las personas físicas y morales afiliadas a ella son:
I.
Capacitación directiva y técnica.
II.
Asesoría legal, contable y de gestoría.
III.
Reconocimiento público a las aportaciones y contribuciones que hagan en provecho del
automovilismo.
IV.
A las Comisiones Nacionales, apoyo económico de acuerdo con las posibilidades de
FEMADAC.
V.
A las Comisiones Nacionales y a las otras personas físicas y morales afiliadas a
FEMADAC, apoyo en servicios en las instalaciones de esta última y también de acuerdo
con sus posibilidades.
A propuesta del Presidente, el Consejo Directivo podrá conceder nombramientos y títulos
honoríficos a las personas físicas por sus méritos o servicios al automovilismo.
CAPITULO XIV
De los Organos Temporales
Artículo 59.
Para auxiliarse en sus funciones, el Consejo Directivo de FEMADAC podrá designar, en funciones
de comisiones temporales, a los siguientes órganos:
