propuesta reforma 3200 noviembre 2013 .pdf

Vista previa de texto
EXCLUSIVA NAUCHERglobal
Nueva Orden Ministerial de modificación de las
Titulaciones de embarcaciones de recreo
correspondiente, los certificados llevarán el visado de la Comunidad Autónoma en la que se
realizaron.
Cuando los cursos se certifiquen dentro del ámbito de competencias de la Dirección General de la
Marina Mercante y deban presentarse ante una Comunidad Autónoma con competencias transferidas
en náutica de recreo, para la expedición del título correspondiente, los certificados llevarán el visado
de la Dirección General de la Marina Mercante.
Tanto el visado de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en náutica de recreo
como el de la Dirección General de la Marina Mercante, no eximen al instructor de los cursos o al
director de la escuela náutica de recreo de su responsabilidad en la correcta impartición y certificación
de los mismos, o de la imposición de las medidas reguladas por la legislación vigente, en caso de
detectarse algún tipo de incumplimiento o irregularidad en la impartición o certificación de los cursos.
Siendo dicho visado una mera confirmación de que el instructor y la escuela náutica de recreo están
reconocidos de acuerdo a la legislación vigente para la impartición y certificación de los cursos de
cara a su aceptación por otra Comunidad Autónoma o la Dirección General de la Marina Mercante.
Los cursos realizados en cualquier Comunidad Autónoma serán aceptadas en el resto de
Comunidades.
A continuación se determina el modelo para la certificación de los cursos utilizado por la Dirección
General de la Marina Mercante. La Comunidad Autónoma que haya asumido competencias en
materia de enseñanzas náutico-deportivas y no utilice dicho modelo, publicará el que al efecto
establezca; además lo comunicará a la Dirección General de la Marina Mercante y a las otras
Comunidades Autónomas, para su conocimiento y efectos correspondientes.
CERTIFICADO DE CURSO DE RADIO-OPERADOR
D/Dª (1): ______________________________________________________________________________________ ,
