propuesta reforma 3200 noviembre 2013 .pdf

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Nueva Orden Ministerial de modificación de las
Titulaciones de embarcaciones de recreo
situaciones de socorro; llamadas a estaciones costeras; sistema internacional de tasación; autoridades
contables (AAIC); escucha obligatoria en las frecuencias de socorro.
C.2. Documentos básicos obligatorios: Nomenclátor de Estaciones Costeras y de Estaciones de
Servicios Especiales; Nomenclátor de Estaciones de Buque y de Identidades del Servicio Móvil
Marítimo (MMSI); Manual para uso del Servicio Móvil Marítimo y Móvil Marítimo por Satélite;
certificados; certificados de operador; Licencia de Estación de Barco; procedimiento para la instalación
de equipos radioeléctricos.
Apartado D. Procedimientos de explotación y reglamentación de las comunicaciones radiotelefónicas.
D.1. Concepto básico del SMSSM: Funciones; zonas marítimas; medios de comunicación utilizados.
D.2. Llamada Selectiva Digital (LSD): Características y procedimientos generales de operación;
categorías de llamadas y su priorización (socorro, urgencia, seguridad, rutina); tipos de equipos de
LSD; tipos de llamadas (socorro, llamada a todos los buques, llamada individual, llamadas a zonas
geográficas determinadas); facilidades y uso del botón de socorro; envío de alertas en una frecuencia
y en múltiples frecuencias; revisión de mensajes recibidos; controles y funciones de escucha;
actualización automática y manual de la situación.
D.3. Procedimientos operacionales de socorro utilizando comunicaciones por satélite y equipos de
MF/HF y VHF: Transmisión, recepción y acuse de recibo de alertas y llamadas de socorro; cancelación
de alertas de socorro involuntarias; transmisión de una alerta o un llamada de socorro por una estación
que no se halle en peligro; tráfico de socorro; comunicaciones en el lugar del siniestro; cancelación de
alertas involuntarias. Transmisión de anuncios, llamadas y mensajes de urgencia y seguridad; tipos de
comunicaciones de urgencia y seguridad; señales de urgencia (PANPAN) y seguridad (SECURITÉ).
Consultas médicas.
D.4. El Sistema Cospas-Sarsat: Concepto básico del sistema; Centros de Control de la Misión (CCM);
Terminales Locales de Usuario (TLU).
D.5. El servicio marítimo español: Centros de comunicaciones radio-marítimas y centros de
salvamento.
Apartado E. Prácticas específicas.
a) Iniciación de una alerta de socorro utilizando equipos de comunicaciones por satélite (Standard-C y
Fleet-77): Entrada y/o actualización de la posición; envío de alertas de socorro y mensajes con
prioridad de socorro; procedimiento a seguir en caso de transmisión de una falsa alerta.
b) Iniciación de una alerta de socorro utilizando equipos de MF/HF y VHF: Elección de los canales o
frecuencias de socorro; envío de la alerta y la llamada de socorro; utilización de la señal de socorro
(MAYDAY); envío del mensaje de socorro; acusar recibo de una alerta y/o llamada de socorro y
atender las comunicaciones relacionadas con un tráfico de socorro; retransmisión de una llamada
de socorro recibida de otro barco /MAYDAY RELAY). Utilización de la expresión SILENCE FINI.
c) Iniciar procedimientos de urgencia y seguridad mediante LSD, y
comunicaciones subsiguientes. Iniciar una llamada a un centro radio-médico.
procedimientos
de
d) Iniciación de una alerta de socorro con la radiobaliza por satélite de 406 MHz; utilización del
procedimiento de activación manual y el de liberación automática; comprobación de la ubicación de
la radiobaliza a bordo; revisión general de la radiobaliza y comprobación de fechas de caducidad
de la batería y la zafa hidrostática; realización de pruebas con el sistema de auto-test; cancelación
de una alerta emitida involuntariamente; registrar una radiobaliza en la base de datos nacional.
