EL EURIBOR. OTRO ENGAÑO MAS. EL TIPO ES 0%.pdf


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finalmente, era la encargada de realizar las operaciones de cálculo de las
medias, de los tipos medios del índice que, una vez resueltas, eran
publicadas.
El sistema, como se expone, era verificable. Los datos de las
operaciones de depósitos a un año, intransferibles, eran controlados por el
Banco de España y contrastables. El dinero se desplazaba de una esfera
patrimonial de uno de los sujetos bancario a otro y la multiplicidad del esas
operaciones formaba el mercado interbancario.
En el año 1999, y ante la proximidad de la entrada en
funcionamiento de la Unión Monetaria Europea, lo que supuso la creación
y puesta en circulación de una nueva moneda, permitiendo a los bancos de
la zona monetaria común realizar sus operaciones entre ellos sin recurrir a
los tipos de cambio tradicionales, el legislador dispuso lo necesario para la
transacción de un mercado, el interior, propiamente hispano, a otro, el
mercado interbancario de la zona monetaria común, conocida como zona
euro. Era la consecuencia lógica de la intervención de las entidades de
crédito y financieras en los mercados europeos. Sus necesidades de
capitales, o sus operaciones, al internacionalizarse la moneda, sufren la
correspondiente expansión. Y el mercado interno, o nacional, pasa a ser
secundario, o por decirlo de alguna manera, de menor importancia.
Ejerciendo sus potestades administrativas conferidas legalmente, la
institución española con competencias en la determinación de las normas
que regulaban este asunto, publicó la siguiente circular en el Boletín Oficial
del Estado del viernes 9 de julio de 1999:
Circular 7/1999, de 29 de junio, a Entidades de crédito, sobre
modificación de la Circular 8/1990, de 7 de septiembre, sobre
transparencia de las operaciones de protección a la clientela.
Modificación de la Circular 8/1990, de 7 de septiembre, sobre
transparencia de las operaciones y protección de la clientela.
La presente Circular tiene por objeto ajustar el cuadro de tipos oficiales
de referencia para préstamos hipotecarios tras la introducción del euro,
creando una nueva referencia interbancaria a un año ligada al
comportamiento del índice EURIBOR, cuya forma de cálculo, realizado
por la Federación Bancaria Europea entre un colectivo con los bancos
más importantes de la zona euro, hacen de él un tipo de interés adecuado
a estos efectos.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.2.e) de la
Ley 26/1988, de 29 de julio,ty en la disposición adicional segunda de la
Orden con- junta de los Ministros de Justicia y de Economía y Hacienda de
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