20130917 Acta aprobada Junta Gobierno Local de 17 septiembre 2013.pdf

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F) Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguientes: seis meses para
el inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO meses para la finalización, contados desde
el día siguiente al de la notificación de la concesión de la Licencia Municipal de Obras.
G) Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la
Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000,
tiene la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la
licencia urbanística.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
e) Licencia Ambiental para velatorio y crematorio y Licencia de obra para construcción de
un edificio para la referida actividad, en el Polígono de la Hiniesta-Ampliación, parcela
B-14, solicitada por D. Eloy Luis Martínez, en rp. de FUNERARIAS DUERO S.L.L.
ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. Eloy Luis Martinez, en
representación de FUNERARIAS DUERO, S.L.L., solicitando concesión de Licencia Ambiental
para velatorio y crematorio y Licencia de Obra para construcción de un edificio para la referida
actividad, en el Polígono de la Hiniesta-Ampliación, Parcela B-14, (parcela catastral 9711202),
la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría
absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder a D. Eloy Luis Martinez, en representación de FUNERARIAS
DUERO, S.L.L., Licencia Ambiental para velatorio y crematorio, en el Polígono de la HiniestaAmpliación, Parcela B-14, (parcela catastral 9711202), con estricta sujeción al Proyecto
presentado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el 14 de septiembre de 2012 y la
documentación complementaria visada el 7 de marzo, el 2 de mayo y el 29 de agosto de 2013,
debiendo adoptar las medidas correctoras señaladas en el proyecto presentado.
En relación con la Licencia Ambiental deberá tener en cuenta lo siguiente:
a) Con carácter previo al inicio de las actividades sujetas a Licencia Ambiental,
deberá comunicar al Ayuntamiento su puesta en marcha, debiendo acompañar, al
efecto la documentación que garantice que la instalación se ajusta al proyecto
aprobado, así como a las medidas correctoras adicionales impuestas, en su caso,
en la licencia ambiental, y en todo caso, deberá acompañar la siguiente
documentación:
-Certificado del técnico director de la ejecución del proyecto sobre la adecuación
de la actividad y de las instalaciones al proyecto objeto de la licencia.
-Certificación emitida por un organismo de control ambiental acreditado, relativa
al cumplimiento de los requisitos exigibles, siempre que técnicamente sea posible.
En el caso de que dicha certificación, por razones técnicamente fundadas no pueda
ser emitida para la totalidad de las instalaciones con anterioridad al inicio de la
actividad, el titular de la actividad deberá aportarla en el plazo menor posible
considerando los condicionantes técnicos.
-Copia de la correspondiente Autorización de Vertidos de Aguas Residuales, de
conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora de la
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