20130917 Acta aprobada Junta Gobierno Local de 17 septiembre 2013.pdf

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d) Licencia de obra para adecuación de local para laboratorio de prótesis dental sito en
C/Sancho IV nº 16, esquina con la C/San Esteban, solicitada por D. José Amador
Cabezas Chapado y Dª Jezabel Alvarez Juárez, en rp. de CLÍNICA IMPLANTES C.B.
ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. José Amador Cabezas Chapado y Dª
Jezabel Álvarez Juárez, en representación de CLÍNICA IMPLANTES, C.B., solicitando
concesión de Licencia de obra para adecuación de local para laboratorio de prótesis dental, sito
en la C/ Sancho IV, nº 16, esquina con la C/San Esteban, la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal,
y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder a D. José Amador Cabezas Chapado y Dª Jezabel Álvarez Juárez,
en representación de CLÍNICA IMPLANTES, C.B., Licencia Municipal de obra para para
adecuación de local para laboratorio de prótesis dental, sito en la C/ Sancho IV, nº 16, esquina
con la C/ San Esteban (parcela catastral 09880 12), con estricta sujeción al Proyecto Básico y
de Ejecución presentado, visado por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos
el 5 de febrero de 2013 y la documentación complementaria visada el 31 de mayo y el 7 de
agosto, bajo la dirección facultativa del Sr. Arquitecto Técnico D. Antonio Rapado de la Iglesia,
debiendo tener en cuenta lo siguiente:
A) Se garantizará la ventilación mínima exigible en todas las dependencias, bien sea de
manera natural o forzada. Se recuerda que un shunt es un elemento que funciona por tiro
natural y que la conexión al mismo de un extractor rompería su correcto funcionamiento, por lo
que no podrá realizarse tal conexión salvo que el conducto sea exclusivo para el local.
B) En el proyecto no se contempla la colocación de rótulos. Se recuerda que en caso
de colocarlos, previamente deberá solicitarse licencia, aportando la documentación señalada
en el art. 23 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas.
C) No podrá apreciarse ningún elemento de la instalación de gas del edificio en la
fachada (art. 4.13 de las Ordenanzas del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico)
D) Con relación al Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB SI,
seguridad en caso de incendio, cabe señalar lo siguiente:
a) La resistencia al fuego de los elementos compartimentadores de incendios debe
mantenerse en los puntos en los que son atravesados por conductos.
b) La puerta que comunica el garaje con el resto del local debe ser EI2 45-C5, según se
establece en la tabla 2.2 de la sección SI 1.
E) En relación con el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB SUA,
seguridad de utilización y accesibilidad, se indica lo siguiente:
a) El aseo debe tener alumbrado controlado desde el interior (apartado 1 de la sección
SUA 3).
b) El desnivel en el acceso peatonal al local debe salvarse con un plano inclinado de
pendiente no superior al 10 % (apartado 4.3.1 de la sección SUA 1). En ningún caso podrá
modificarse la rasante de la acera.
c) En el aseo accesible el lavabo debe tener un espacio inferior mínimo de 70 cm de
altura y 50 cm de profundidad y las barras auxiliares del inodoro deben tener una longitud
mínima de 70 cm (anejo A, terminología, servicios higiénicos accesibles). Además, deben
cumplirse el resto de las condiciones que son exigibles al aseo.
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