NORMAS DE CONTROL ESCOLAR 2011.pdf


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66.9.1.

Educación Primaria.- Si el alumno no aprobó Español o Matemáticas, aunque su Promedio
General Anual sea aprobatorio, se cancelarán los espacios destinados para este promedio, con
una línea diagonal.

66.9.2.

Educación Secundaria.- Si el alumno no aprobó alguna(s) asignatura(s) al final del curso, no se
registrará el Promedio General Anual y se cancelarán los espacios respectivos con una línea
diagonal.

CAPÍTULO VII.2
REGLAS PARA LA PROMOCIÓN DE GRADO
67.-

Criterios de Promoción de Grado: Son criterios de promoción de grado, los siguientes:
67.1. Educación Preescolar.- Alumno que haya acreditado el grado por el solo hecho de haberlo cursado, será
promovido al grado inmediato superior.
67.2. Educación Primaria:
67.2.1.

Riesgo de Repetición de Grado: En la educación primaria, todos los esfuerzos deben estar
dirigidos a que el educando adquiera los saberes requeridos en términos del plan y programas de
estudio correspondientes, a fin de garantizar su promoción de grado; sin embargo, cuando desde
la primera evaluación parcial o en las evaluaciones parciales subsecuentes, se advierta que el
educando se encuentra en condiciones de “riesgo de no promoción” al siguiente grado, así
deberá asentarse en la sección de observaciones incluida en la boleta de evaluación, y en
consecuencia, se buscará la adopción de las acciones pedagógicas pertinentes que permitan
disminuir o eliminar dicho riesgo, para lo cual, se buscará establecer la colaboración
correspondiente con los padres de familia o tutores.

67.2.2.

Primer grado:
Primero y segundo grados de primaria son considerados como partes de un mismo periodo.
Muchos alumnos que no aprenden a leer y escribir en primer grado, lo hacen sin mayores
problemas en segundo grado.
Por ello, como regla general, el alumno será promovido al segundo grado, salvo que se adviertan
problemas serios de aprendizaje. En estos casos, los docentes, con la autorización de los padres
de familia o tutores, podrán determinar la no promoción de grado. Esta autorización deberá
asentarse por escrito (Anexo No. 12) y en la boleta de evaluación.
Para tal efecto, se proporcionará a los padres de familia o tutores toda la asesoría necesaria para
que decidan de manera informada si autorizan o no la repetición de grado.
En ningún caso, los alumnos deberán repetir más de una vez el primer grado de la educación
primaria.

67.2.3.

Segundo a sexto grado:
67.2.3.1. PROMOVIDO: Si el alumno obtiene calificación final aprobatoria en Español y
Matemáticas y si, además, su promedio general anual es mayor o igual a 6.0, será
promovido.
De igual forma, deberá promoverse al alumno que obtenga calificaciones finales
menores a 6.0 en alguna de las asignaturas que no sea Español ni Matemáticas,
siempre que su promedio general anual sea de 6.0 o más.
67.2.3.2. NO PROMOVIDO: El alumno no será promovido si:
67.2.3.2.1.

Obtiene promedio general anual menor a 6.0; o

67.2.3.2.2.

No acredita las asignaturas de Español y Matemáticas; aunque
tenga promedio general anual igual o superior al 6.0.

En el caso de alumnos de los grados segundo a quinto, que al finalizar el ciclo escolar
se encuentren en una condición de “no promovidos”, podrán optar por participar en
procesos de regularización cuando éstos existan disponibles en la entidad federativa
de que se trate.