NORMAS DE CONTROL ESCOLAR 2011.pdf


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TRANSITORIOS
Primero.-

Las presentes Normas Específicas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación,
Regularización y Certificación en la Educación Básica, entrarán en vigor en lo que resulte aplicable, a partir
del periodo escolar 2011-2012 y sustituyen a las correspondientes al periodo escolar 2010-2011.
No será necesario emitir en lo sucesivo normas para cada ciclo escolar, sin perjuicio de que el presente
documento será objeto de evaluación continua, así como revisión y actualización cuando así se requiera.

Segundo.-

No.
de
Anexo
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Se establecen como Anexos de la presente, los siguientes que formarán parte integrante de las normas:

Descripción

Directorio de Áreas de Control Escolar.
Glosario de Términos Educativos.
Relación de Disposiciones Jurídicas afines al Sector Educativo.
Formato de datos de captura del Registro Nacional de Alumnos (RNA)
Formato de datos de captura del Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de
Documentos Académicos (RODAC).
Formato de Autorización para Inscripción Tardía.
Carta Compromiso en caso de Inscripción Condicionada por Falta de Documentos.
Modelo de Reporte de Institución Educativa No Incorporada.
Modelo de Constancia de Inscripción.
Tablas de Correspondencia de la Educación Primaria y Secundaria de México con el Nombre del
Nivel y Grados de Otros Países.
Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA (Transfer Document
for Binacional Migrant Student USA-MEXICO).
Autorización Expresa de Padre o Tutor para que el educando, repita en casos serios y por una sola
vez, el primer grado de la educación primaria.
Carta Compromiso para la Promoción de Grado con Condiciones.
Tabla de Condición o Discapacidad con la que se pueden asociar las necesidades educativas
especiales de los alumnos.
Marco Mexicano de Cualificaciones.

Tercero.-

La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, analizará la posibilidad de que a
partir del ciclo escolar 2011-2012, se conceda a los educandos, el derecho de presentar de manera
voluntaria, una evaluación de egreso de la educación secundaria, que se practique por una institución
evaluadora externa, y que en su caso, les permita acceder a un Certificado Complementario de la
Educación Básica (CCEB), en los términos que al efecto determine la citada Dirección General.

Cuarto.-

Las presentes normas, se emiten como parte del Marco Mexicano de Cualificaciones que construye la
Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, con objeto de alinear y clarificar las
distintas certificaciones que se emiten en el Sistema Educativo Nacional (Anexo No. 15).

Las presentes normas, fueron elaboradas en coordinación con las Secretarías e Institutos de Educación de los estados,
con las unidades administrativas competentes de la Subsecretaría de Educación Básica y con la Administración Federal
de Servicios Educativos en el Distrito Federal.
Infórmese a los responsables de las áreas de registro y certificación de las entidades federativas, para efecto de su
difusión, implantación, aplicación y evaluación en los planteles y servicios educativos del tipo básico.
Así lo proveyó y firma, en México, Distrito Federal, a los quince días del mes de agosto de dos mil once.

Mtro. Guillermo Pablo López Andrade

Director General de Acreditación, Incorporación y Revalidación