NORMAS DE CONTROL ESCOLAR 2011.pdf

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El ingreso de los alumnos en situación de extraedad será al grado superior de cada ciclo escolar, esto es en los
grados 2°, 4° y 6°, toda vez que cuando el alumno curse el grado superior de cada ciclo consolidará los
aprendizajes esperados de los dos grados que conforman al ciclo al que sea integrado:
Grados
Escolares
Grado en que se ubicará el alumno en
situación de extraedad
o
1° y 2° grado
2° grado
2°
3° y 4° grado
4° grado
o
5° y 6° grado
6° grado
Ubicación
por Ciclo
1
3
Para mayor información sobre el Programa, se sugiere consultar la dirección: basica.sep.gob.mx
45.-
Inscripción de Alumnos en Situación “Extraedad”: El Director del plantel deberá efectuar la inscripción del
aspirante en el grado que por edad le corresponda, conforme a lo establecido en la siguiente tabla:
Edad del alumno
Grado de ubicación
8 a 10 años cumplidos al 31 de diciembre
2° grado
10 a 12 años cumplidos al 31 de diciembre
4° grado
12 a 14 años cumplidos al 31 de diciembre
6° grado
45.1. Este ingreso no será condicionado a que presente la Boleta de Evaluación del grado inicial del ciclo al que
sea ubicado, toda vez que el esquema de operación de la propuesta pedagógica para estos niños,
considera la integración de los aprendizajes esperados de cada uno de los grados que integran un ciclo,
con el fin de acelerar sus aprendizajes y puedan cursar dos grados en uno.
45.2. El Maestro de grupo, con asesoría y apoyo del Director del plantel, deberá aplicar al menor en situación de
extraedad a la brevedad posible, una Evaluación Diagnóstica y elaborar su Informe respectivo, para
determinar los apoyos específicos que requiera.
45.3. A partir de los resultados de la evaluación, el Maestro de grupo diseñará una estrategia de atención y
seguimiento mediante la cual, el menor desarrolle las habilidades y competencias necesarias del ciclo en el
que se le ubique y que le permita cursar el siguiente ciclo.
45.4. En caso de que el aspirante no cuente con ningún acercamiento de las competencias de la lectoescritura,
se trabajará con la Propuesta para Favorecer el Desarrollo de Competencias de la Lectura y Escritura,
para que se beneficie de la enseñanza que recibe el resto del grupo lo más pronto posible.
45.5. El ingreso de los aspirantes en situación de extraedad se podrá realizar en cualquier momento del periodo
escolar, bajo los siguientes criterios:
45.5.1. Si el ingreso es de agosto a diciembre, podrá ubicarse al menor al segundo grado del ciclo al que le
corresponda por edad;
45.5.2. Si el ingreso es a partir del mes de enero, deberá ubicarse al aspirante en el primer grado del ciclo
que le corresponda por edad. Esta determinación se basa en el hecho de que el menor que ingrese
por primera vez a la educación primaria en el 3°, 4° ó 5° bimestre, le quedará poco tiempo para
consolidar aprendizajes y competencias, por tal motivo se recomienda que curse los bimestres
restantes del ciclo escolar en el grado inferior del ciclo que le corresponde y cubra todo un año el
grado superior, con la intención de consolidar aprendizajes y competencias del ciclo y garantizar su
avance y progreso en los siguientes grados y niveles educativos que deba cursar.
