DJAI Diego Dumont CACESFE.pdf

Vista previa de texto
CPN Desp. Aduana Diego Dumont – Posg. Especialista en Operaciones de Comercio Exterior – UNR // Docente de CaCESFe
8) Más allá del Instrumento de Adhesión, ¿cómo materializarían los terceros
organismos su intervención?
9) ¿Cómo se tramitaría la DJAI?
10) ¿Se presentaría la DJAI en Aduana?
La RG AFIP 3255 publicada en el Boletín Oficial el 23 de enero de 2012, disipó gran parte
de las dudas (no todas) fijando las pautas operativas (“Pautas de Gestión”) de la DJAI.
Nuevamente sus considerandos refuerzan la idea de brindar información
estratégica anticipada con fines sublimes como:
Alinearse a “la Norma 6 del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global
(SAFE), aprobado en la Sesión Anual del Consejo de la Organización Mundial de
Aduanas (OMA) en junio del año 2005 con el fin de intercambiar información sobre
riesgos a nivel nacional e internacional y posibilitar a los agentes comerciales presentar
por única vez y electrónicamente la información solicitada a una única autoridad
designada”. En efecto, se menciona como ejemplo el Sistema de Control de
Importaciones (SCI) de la UE.
Se asocia a la DJAI con la Decisión Nro. 50/04 MERCOSUR, implementada localmente
por la RG 2090, que se refiere entre otros puntos a la “Declaración de Llegada”. Se
resalta la facultad del Estado para exigir “la declaración de llegada o las informaciones
que constituyan dicha declaración incluso con carácter previo a la introducción de la
mercadería al territorio aduanero del MERCOSUR”.
Ahora, ¿que es “Declaración de Llegada” según la misma Dec. CMC 50/04?. Es “la
información suministrada a la autoridad aduanera de los datos relativos al medio de
transporte, a las cargas y a la mercadería transportada, contenidos en los documentos de
transporte, efectuada por el transportista, o por quien resulte responsable de dicha
gestión”.
La realidad es que conviene hacer la DJAI mucho antes de embarcar la
mercadería en origen, ya explicamos que embarcar es un riesgo porque si la DJAI es
observada no podremos importar. Es decir, la regla es que haya DJAI sin documento de
transporte y la excepción lo contrario. DJAI es más que una “Declaración de Llegada”!!!.
6
